Subvenciones a la creación de empleo ligada a proyectos de inversión de especial interés para laComunidad Autónoma del Principado de Asturias y se aprueba la convocatoria pública de las citadas ayudaspara el año 2006.

Código de ayuda:

S32182/06

Norma:

RESOLUCION de 31 de julio 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases tiene por objeto regular la concesión en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones dirigidas a la promoción de proyectos de especial interés que se lleven a cabo dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y que impliquen la creación de empleo ligado a proyectos definidos como estratégicos, que sean desarrollados por empresas que actúen en sectores de la actividad económica que impliquen un efecto dinamizador considerable en la economía regional.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Agencia de Desarrollo Económico (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No podrán sobrepasar, en términos de subvención neta equivalente, los porcentajes máximos sobre la inversión realizada que resulten del mapa de ayudas regionales autorizado por la Comisión Europea. Para la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias el porcentaje aprobado está fijado en un 40%. Este
porcentaje podrá incrementarse hasta un 15% en términos brutos cuando se trate de pequeñas y medianas empresas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Empresas que realicen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma inversiones que impliquen la creación de empleo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La creación de empleo, ligada a un proyecto de nuevo establecimiento, ampliación de uno existente o lanzamiento de una actividad que suponga un cambio fundamental en el producto o en el procedimiento de producción de un establecimiento ya existente, a través de procesos de racionalización, diversificación o modernización.

El mantenimiento de los puestos de trabajo en aquellos proyectos que supongan inversiones en capital fijo consistente en la adquisición de un establecimiento que haya cerrado o habría cerrado de no procederse a su adquisición, con la consiguiente pérdida de los puestos de trabajo existentes.
En estos supuestos, la empresa deberá acreditar el mantenimiento como mínimo, del 40% de los puestos de trabajo de la plantilla existente.

En la contratación de trabajadores ligada a la inversión inicial será subvencionable el coste salarial durante un período de dos años de cada persona contratada, entendiéndose por tal coste el del salario bruto, es decir, antes de deducir de él impuestos y las cotizaciones sociales obligatorias.

Requisitos:

Los proyectos subvencionables deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Que la solicitud de la subvención o ayuda se presente antes del inicio de la ejecución del proyecto de inversión.
Cuando la subvención sea complementaria de otras ayudas vigentes en el ámbito regional, podrá considerarse como fecha de presentación aquella en que tuvo lugar la presentación de la primera solicitud de ayuda. Y siempre que se respete el periodo de creación de los puestos de trabajo en los tres primeros años a partir del inicio de la inversión.

b) De acuerdo con las Directrices Comunitarias sobre Ayudas de Estado de finalidad regional, el beneficiario de la ayuda queda obligado al mantenimiento del empleo creado durante un período mínimo de cinco años.

c) Los proyectos presentados deberán ser viables técnica, económica y financieramente. La empresa solicitante deberá justificar el cumplimiento de tales requisitos mediante la documentación que se indica en la disposición sexta y la complementaria que en su caso se requiera.

El proyecto de inversión a realizar por la empresa deberá ser de especial interés para la Comunidad Autónoma por su contribución al desarrollo económico regional, por su alto valor estratégico en la modernización y en la diversificación del tejido empresarial asturiano, y siempre y cuando el establecimiento de la empresa en que se lleven a cabo tanto el proyecto de inversión, como la creación de empleo, radique dentro del territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

Documentos asociados

Boletín: 06/09/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 060906
Documento: Bases y Convocatoria 2006 Descargar Documento