Subvenciones a la distribución de frutas y verduras en centros escolares de la Comunidad Foral de Navarra en el curso 2019-2020.

Código de ayuda:

S02928/20

Norma:

RESOLUCIÓN 485/2019, de 31 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de febrero de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Resolución establecer las bases reguladoras del Plan Escolar de Consumo de Fruta y Verdura y aprobar la convocatoria de ayudas a la distribución de frutas y verduras en centros escolares de la Comunidad Foral de Navarra para el Plan Escolar de Consumo de Fruta y Verdura, para el curso lectivo 2019-2020.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Agricultura y Ganadería (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Será beneficiario de esta subvención el proveedor autorizado para la distribución de frutas y hortalizas en centros escolares de la Comunidad Foral de Navarra, para el curso lectivo 2019-2020.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los costes de los productos suministrados en el marco del programa escolar y distribuidos al alumnado de los centros de enseñanza contemplados en el artículo 22 del Reglamento (UE) número 1308/2013, que puede incluir los costes de adquisición, alquiler o arrendamiento financiero de equipos utilizados en el suministro y distribución de los productos, según lo previsto en la estrategia del Estado miembro.

b) Los costes de las medidas educativas de acompañamiento, que incluirán:

–Los costes de organización de clases de degustación, preparación y mantenimiento de jardines de los centros escolares, organización de visitas a explotaciones agrícolas y actividades similares destinadas a reconectar al alumnado con la agricultura.

–Los costes de las medidas destinadas a educar al alumnado acerca de la agricultura, los hábitos alimentarios saludables, las cadenas alimentarias locales, la producción ecológica, la producción sostenible y la lucha contra el despilfarro de alimentos.

c) los costes de publicidad del programa escolar, cuyo objetivo directo será informar sobre este al público en general; incluirán lo siguiente:

–El coste del cartel mencionado en el artículo 12 del Reglamento Delegado (UE) 2017/40 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2016.

–El coste de las campañas informativas realizadas con medios de difusión, comunicaciones electrónicas, periódicos y medios de comunicación similares.

–El coste de las sesiones de información, conferencias, seminarios y talleres destinados a informar al público en general sobre el programa escolar y actos similares.

–El coste del material de información y promoción, como cartas, prospectos, folletos, objetos publicitarios y similares.

d) los costes de las medidas para la creación de redes para el intercambio de experiencias y mejores prácticas sobre la aplicación del programa escolar.

e) los costes relacionados con la obligación de los Estados miembros de seguir y evaluar la eficacia de su programa.

f) los costes de transporte y distribución de los productos suministrados en virtud del programa escolar, en la medida en que no estén contemplados en la letra a) del presente apartado.

Documentos asociados

Boletín: 23/01/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 15
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento