Subvenciones a la edicion de libros en Cantabria.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S22155/12

Norma:

Orden ECD/56/2012, de 1 de junio. Orden ECD/87/2012, de 28 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/07/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de subvenciones para el apoyo y desarrollo de la edición de libros en Cantabria.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deporte. (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Se subvencionará la edición de un número de ejemplares no superior al 30% de la tirada, no pudiendo superarse en ningún caso los 500 ejemplares ni la cuantía de 9.000 euros por proyecto.

b) La cuantía de la subvención será proporcional a la puntuación obtenida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas -ya sean personas físicas y jurídicas dedicadas al sector de la edición de libros que estén dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el subepígrafe 476.1 (edición de libros) y tengan su domicilio fiscal en Cantabria a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El apoyo y desarrollo de la edición de libros en Cantabria.

Requisitos:

En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios:

a) Quienes se hallaren en alguna de las circunstancias del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

b) Quienes sean beneficiarios de una subvención nominativa para la misma actividad en la Ley de Cantabria 4/2011, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2012.

Documentos asociados

Boletín: 15/06/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 116
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 11/07/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 134
Documento: Modificación Descargar Documento