Subvenciones a la elaboración de protocolos familiares de las Pymes riojanas.
Código de ayuda:
S10537/05Norma:
Resolución de 17 de febrero de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/06/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Dada la importancia de las empresas familiares a nivel económico y social en la región, es fundamental que estas empresas mantengan su carácter familiar por más de una generación.Para ello es necesario planificar con tiempo la sucesión en las mismas, mediante acuerdos de voluntades y códigos de conducta que regulen las relaciones entre los miembros de la familia y la empresa, reduciendo así la posibilidad de conflictos en el seno de las mismas.
Categorías Subvención
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Localización del organismo gestor

Convoca:
Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (La Rioja)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se establece una subvención del 50% del coste del Protocolo y Diagnóstico Previo, con un máximo de 5.500 euros por empresa.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las Pequeñas y Medianas Empresas de carácter familiar con establecimiento en la Comunidad Autónoma de La Rioja, siempre que la dirección efectiva de la empresa se localice en la propia Comunidad.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La elaboración de protocolos familiares en las pequeñas y medianas empresas riojanas, que previa realización de un diagnóstico empresarial, les permita regular las relaciones profesionales, económicas y familiares, con la finalidad de asegurar la continuidad de este tipo de empresas en el momento de mayor peligro para ellas, el relevo generacional.La actuación deberá ser realizada por una consultora externa.
Requisitos:
A efectos de esta resolución se considerará empresa familiar, aquella que cumpla alguno de los requisitos siguientes:1.- Empresario autónomo que ejerza una actividad empresarial o profesional de la que provengan más del 50% de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo.
2.- Sociedad en la que una persona física tenga de forma individual una participación de al menos un 50% del capital social, siempre que ejerza efectivamente funciones de dirección en la entidad, percibiendo por ello una remuneración que represente más del 50% de la totalidad de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo.
3.- Sociedad en la que un grupo familiar formado por los cónyuges, ascendientes, descendientes o adoptados y colaterales, hasta el tercer grado incluido, tengan conjuntamente una participación societaria de al menos el 20% del capital social, siempre que al menos un miembro del grupo familiar ejerza efectivamente funciones de dirección en la entidad, percibiendo por ello una remuneración que represente más del 50% de la totalidad de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo.
Documentos asociados
Boletín:
10/03/2005
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 34
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 34
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento