Subvenciones a la suscripción de los seguros agrarios incluidos en el Plan de Seguros Agrarios Combinados de 2025 (46.º Plan).

Código de ayuda:

S02191/25

Norma:

RESOLUCIÓN 1065/2024 de 31 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de julio de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto, por tanto, de esta convocatoria, otorgar ayudas a las explotaciones agrícolas y
ganaderas que suscriban seguros agrarios pertenecientes al 46º Plan de Seguros Agrarios Combinados
(plan 2025), sobre bienes agrarios que radiquen dentro del territorio de la Comunidad Foral de Navarra,
complementariamente a las subvenciones que para el mismo fin otorga la Administración General del
Estado a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (en adelante ENESA).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Agricultura y Ganadería (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las explotaciones agrícolas y ganaderas que suscriban una póliza de seguros y ostenten la condición de agricultor profesional según la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, cotizando a la seguridad social agraria o explotación prioritaria.


Requisitos:

a) Que la cooperativa esté inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra y en el correspondiente Registro de Cooperativas y que su domicilio social radique en Navarra.

b) Que la finalidad principal de la sección de cultivo en común sea la explotación conjunta de las tierras aportadas a la sección.

c) Que en sus estatutos se contemple la forma en que la superficie será cultivada y que ésta responda a alguno de los siguientes tipos: directamente por la cooperativa, mediante acuerdos intercooperativos, o a través de arrendamientos u otras formas contractuales, con agricultores a título principal, con preferencia hacia sus socios, con cooperativas o con otro tipo de sociedades.

d) Que más del 50% de los miembros del Consejo Rector sean Agricultores a Título Principal o Agricultores Activos, según lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la
solicitud única del sistema integrado de gestión y control.

Documentos asociados

Boletín: 31/01/2025
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 21
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento