Subvenciones a la traducción y/o adaptación de textos dramáticos, libretos de ópera, textos de repertoriocoral y producciones escénicas.
Código de ayuda:
S13864/21Norma:
RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2021. RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 16 de marzo de 2021.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Traducción y/o adaptación de textos dramáticos, libretos de ópera, textos de repertorio coral y producciones escénicas u operísticas (en adelante, producciones escénicas) siempre que se cumplan los siguientes requisitos:En el caso de textos dramáticos, libretos de ópera y textos de repertorio coral:
La lengua original deben ser el catalán o el occitano en su variedad aranesa.
El texto tiene que haber sido estrenado, publicado o premiado en los últimos seis años, incluido el año de la convocatoria, en el marco de circuitos profesionales.
La traducción se tiene que llevar a cabo durante el año de la convocatoria.
En el caso de producciones escénicas:
El texto tiene que haber sido escrito originalmente –total o parcialmente- en lengua castellana, catalana o occitana en su variedad aranesa.
La traducción y/o adaptación tiene que haber sido realizada durante el año de la convocatoria.
No son objeto de la presente convocatoria:
La traducción y/o adaptación de textos objeto de esta convocatoria al catalán u occitano en su variedad aranesa.
Las publicaciones de los textos objeto de esta convocatoria.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor

Convoca:
Instituto Ramón Llull (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas, personas físicas empresarias o personas jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases.No pueden ser beneficiarios de estas subvenciones:
Los organismos públicos.
Los solicitantes que tengan una deuda pendiente con el Institut Ramon Llull reconocida por resolución firme de su director.
Documentos asociados
Boletín:
05/02/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8334
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8334
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
24/02/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8349
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8349
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín:
16/04/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8388
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8388
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