Subvenciones a las Agrupaciones o Asociaciones de Voluntarios de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Código de ayuda:
S46946/06Norma:
DECRETO 219/2006, de 7 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes desde la publicación de la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto del presente Decreto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a las Agrupaciones o Asociaciones de Voluntarios que conforman la Red del Voluntariado de Emergencias de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyas actividades son efectuadas sin ánimo de lucro.Dichas subvenciones se regirán por lo establecido en este Decreto, así como por lo previsto en el resto de la normativa estatal o autonómica que resulte de aplicación a las subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales (Aragón)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios las Agrupaciones o Asociaciones de Voluntarios que estén inscritas en el Registro Autonómico de Voluntarios de Emergencias de Aragón o estén en el trámite final del proceso de inscripción.No podrán obtener la condición de beneficiario quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones formales, tanto para con la Seguridad Social como para con la Hacienda Pública.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables las siguientes actuaciones:a) Gastos de equipamiento de los miembros de la Agrupación.
b) Adquisición de material y equipamiento para la Agrupación.
c) Gastos de funcionamiento de la Agrupación.
d) Gastos derivados de la Formación de los Voluntarios a través de cursos o jornadas, reconocidos por la Dirección General de Interior.
e) Cualesquiera otros gastos que guarden relación con las actividades, fines y objetivos que tienen encomendados.
Documentos asociados
Boletín:
27/11/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 137
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 137
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