Subvenciones a las Comunidades Andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades.

Código de ayuda:

S08228/24

Norma:

Orden de 30 de abril de 2024. Orden de 13 de junio de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de julio de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar las actividades culturales a realizar por las Comunidades Andaluzas en el Exterior que tengan incidencia en el refuerzo de la identidad andaluza y de la imagen de Andalucía en el exterior; actividades de orientación a las personas andaluzas en relación con la realidad del país al que han emigrado para ayudarlas a una mejor integración en el mismo; así como los gastos de mantenimiento de las sedes sociales de las mismas.

La finalidad prevista es el sostenimiento de actividades de promoción cultural.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de la Presidencia, Interior, Dialogo social y simplificación Administrativa (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Comunidades Andaluzas inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Sólo podrán solicitar ayudas para actividades de apoyo a la emigración andaluza (CONCEPTO C) las entidades situadas en el extranjero que justifiquen la asistencia a tal colectivo.

Sólo podrán solicitar gastos de mantenimiento de las sedes (CONCEPTO B) las entidades que soliciten también subvenciones para actividades de promoción cultural (concepto A) o actividades de apoyo a la emigración andaluza (CONCEPTO C), salvo circunstancias excepcionales así declaradas expresamente por el órgano responsable.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Línea (COAN): ayudas a Comunidades Andaluzas asentadas en el exterior para la realización de acciones culturales sobre la identidad andaluza, de proyección de la imagen de Andalucía en el exterior, de apoyo a la emigración andaluza y para el sostenimiento de la actividad ordinaria de las entidades mediante la financiación de gastos corrientes de sus sedes.

b) Línea (FEDCO): ayudas a Federaciones o Coordinadoras de Comunidades Andaluzas asentadas en el exterior para la realización de acciones culturales sobre la identidad andaluza, de proyección de la imagen de Andalucía en el exterior, de apoyo a la emigración andaluza, y para el sostenimiento de la actividad ordinaria de las entidades mediante la financiación de gastos corrientes de sus sedes.

Requisitos:

Estar inscritas como Comunidades Andaluzas en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas y no ostentar la condición de Coordinadora o Federación conforme a lo establecido en el artículo 27 de la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el mundo.

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