Subvenciones a las Empresas Turísticas de Castilla-La Mancha.
Código de ayuda:
S54482/05Norma:
Orden de 28-10-2005. Resolución de 31-10-2005. Resolución de 17-01-2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 02/03/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvencionar la realización de inversiones y de actividades de promoción turística por las empresas turísticas de Castilla-La Mancha.Categorías Subvención
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Consejería de Industria y Sociedad de la Información (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Varían dependiendo del proyecto subvencionable.Consultar el artículo 7 de la Orden de 28-10-2005, de la Consejería de Industria y Tecnología, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones a las empresas turísticas de Castilla-La Mancha.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Empresas turísticas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Son conceptos subvencionables aquellas inversiones o gastos que sean estrictamente necesarios para la actividad turístico-empresarial, en los términos establecidos en el artículo 7 de la Orden de 28-10-2005, de la Consejería de Industria y Tecnología, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones a las empresas turísticas de Castilla-La Mancha.En ningún caso serán subvencionables los gastos realizados en:
a) Pago de impuestos, tasas, contribuciones, licencias, registros o similares u otros de carácter tributario, fiscal o sometido a arancel.
b) Las inversiones realizadas con fórmulas de arrendamiento financiero (leasing).
c) Las inversiones que se hayan iniciado con anterioridad a la solicitud de subvención.
d) La adquisición de bienes que no sean de primer uso o su simple reposición.
e) La compra de vehículos, maquinas recreativas de azar o suerte, máquinas de expendeduria de tabaco, bebidas o similares y los semovientes.
Requisitos:
- Tener establecimiento permanente en Castilla-La Mancha.- Estar debidamente inscritas como empresas turísticas en el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos en el momento de presentación de las solicitudes.
En cuanto a las prohibiciones y obligaciones de los beneficiarios consultar artículos 3 y 4, respectivamente, de la Orden de 28-10-2005, de la Consejería de Industria y Tecnología, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones a las empresas turísticas de Castilla-La Mancha.
Documentos asociados
Boletín:
18/11/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 233
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
21/12/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 256
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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Boletín:
30/01/2007
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 22
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento
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