Subvenciones a las Entidades Locales de Navarra que realicen actividades en materia de defensa de los consumidores y usuarios durante el año 2009.

Código de ayuda:

S36673/09

Norma:

ORDEN FORAL 81/2009, de 3 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/06/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Prestar apoyo económico a las Entidades Locales de Navarra para que dispongan de oficinas de información al consumidor que realicen funciones básicas de las mismas durante el año 2009.

Categorías Subvención

  • Consumo
  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deportes (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención no podrá exceder del 50 por 100 del presupuesto de gastos para atender la Oficina Municipal de Información al Consumidor (en adelante, OMIC) presentado por las Entidades Locales en su solicitud.

Las Entidades Locales deberán cubrir con fondos propios la cuantía restante, lo que deberá acreditarse en la justificación señalando el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Locales de Navarra deberán realizar actividades en defensa de los consumidores y usuarios a través de una Oficina Municipal de Información al Consumidor abierta al público, cuya sede se ubique en un local municipal.

El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante certifi- cado del Secretario de la Entidad Local, y el mismo deberá mantenerse durante todo el año 2009.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades realizadas por las Entidades Locales en defensa de los consumidores y usuarios objeto de subvención son:

a) La información, asesoramiento, mediación y tramitación de reclamaciones y denuncias de los consumidores y usuarios.

b) La edición de publicaciones en materia de consumo.

c) La organización de jornadas, cursos, conferencias o cualquier tipo de actividades encaminadas a la información y formación en materia de consumo, considerando también las acciones dirigidas al fomento del consumo responsable, sostenible y a la calidad de vida.

d) La asistencia a cursos de formación y reuniones de tipo institucional o técnico relacionados con la actividad de la OMIC o con temas de consumo por parte del personal de las Entidades Locales dedicado a la defensa de los consumidores y usuarios.

Las citadas actividades podrán ser subcontratadas, en su totalidad, por los beneficiarios de la subvención. En tal caso, los contratistas quedarán obligados sólo ante el beneficiario, que asumirá la total responsabilidad de la ejecución de la actividad subvencionada ante la Administración.

Asimismo, los interesados estarán sujetos a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 08/05/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 56
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento