Subvenciones a las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, incluidos los de Educación para el Desarrollo en España, correspondiente al año 2010.
Código de ayuda:
S13091/10Norma:
Resolucion de 10 de febrero de 2010. ORDEN AEC/1303/2005, de 27 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/04/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiaciar proyectos en materia de cooperación internacional para el desarrollo que realicen las organizaciones no gubernamentales de desarrollo en colaboración con la política de cooperación española.Se entenderá por proyecto de cooperación para el desarrollo un conjunto de acciones diseñadas para lograr un objetivo específico de desarrollo en un periodo determinado, en un país y para una población beneficiaria predefinida, cuyos efectos deben ser perdurables una vez finalizada su ejecución. Los proyectos son un instrumento de financiación anual, pudiendo extenderse la duración de su ejecución a un periodo de mayor duración hasta un máximo de 24 meses. Las ampliaciones superiores a 3 meses sobre la fecha prevista de finalización en la formulación del proyecto deberán ser autorizadas por la AECID.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
- Educación y Ciencia
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo que cumplan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
A) Fortalecimiento de redes y consorcios específicos de la sociedad civil a nivel nacional, regional y continental.B) Educación para el desarrollo y sensibilización social.
C) Investigación, innovación y estudios sobre el desarrollo.
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas en España. La entidad debe estar constituida, al menos, con cinco años de anterioridad a la fecha de publicación de esta convocatoria. Si la ONGD hubiera sufrido modificación en su forma jurídica de Asociación o Fundación, se respetará la antigüedad, siempre que esta circunstancia esté acreditada en los estatutos de la nueva entidad.b) Estar inscritas en el correspondiente Registro de ONG de Desarrollo, ya sea de la AECID o de una Comunidad Autónoma, conforme a lo establecido en el Artículo 33 de la Ley 23/1998 de Cooperación Internacional para el Desarrollo y en la Base Décima, letra e, de la Orden AEC/1303/2005, a la fecha de publicación de esta convocatoria.
c) Haber cumplido con las obligaciones recogidas en el Real Decreto 519/2006, de 28 de abril por el que se establece el Estatuto de los Cooperantes.
d) Si la ONGD accede por primera vez al sistema de subvenciones regulado en las bases generales deberá haber realizado, al menos, cinco proyectos de cooperación para el desarrollo en alguna de las áreas geográficas y sectores contemplados en la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo, incluyendo los de Educación para el Desarrollo en España.
e) Si la ONGD ha recibido subvenciones con anterioridad, deberá justificarse suficientemente el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la base decimocuarta de la Orden de bases.
Documentos asociados
Boletín:
12/05/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 113
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 113
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
05/03/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 56
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 56
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento