Subvenciones a las Organizaciones Sindicales para financiar su acción sindical en el ambito del personal laboral de las empresas privadas en Andalucia, y se efectua la convocatoria para el ejercicio 2010 - Modificación de plazo de presentación de solicitudes - Corrección de errata.
Código de ayuda:
S65664/09Norma:
Orden de 9 de octubre de 2009. RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/09/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecimiento de las normas reguladoras para la concesión de subvenciones anuales, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar a las organizaciones sindicales con representaciónen Andalucía en el ámbito del personal laboral de las empresas privadas, las actividades de promoción, información, formación y asesoramiento dentro de los fines propios de las mismas y en particular las orientadas a la cualificación de los representantes de los trabajadores y demás gastos corrientes derivados de la actividad sindical. Estas subvenciones son incompatibles con cualquier otra para la misma finalidad concedida por esta Consejería.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación empresarial
Otras
Localización del organismo gestor
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Convoca:
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Cuantía máxima de 76 euros por representante acreditado para el año 2010.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Los sindicatos que hayan obtenido a 31 de diciembre del año anterior a cada convocatoria, en el ámbito del personal laboral de las empresas privadas en Andalucía, una representación atribuida, al menos, en cinco provincias andaluzas o que se haya alcanzado un mínimo de cincuenta delegados de personal y/o miembros de comités de empresa.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La concesión de las subvenciones está destinada a la financiación de los gastos corrientes de la actividad sindical que se enumeran en el presente artículo:a) Arrendamiento de sedes.
b) Reparaciones, mantenimiento y conservación de instalaciones sindicales, mobiliario, enseres y sistemas para proceso de la información, destinados a la actividad subvencionada.
c) Material de oficina y suministros, destinados a la actividad subvencionada.
d) Comunicaciones, publicidad y propaganda.
e) Transportes.
f) Reuniones y conferencias.
g) Gastos jurídicos directamente relacionados con la actividad subvencionada, con exclusión expresa de los gastos de procedimientos judiciales.
h) Servicios prestados por personas ajenas, físicas o jurídicas, a la organización sindical.
i) Gastos de manutención, estancia y desplazamiento originados por la actividad sindical.
j) Cuantos otros gastos sean necesarios para la organización y funcionamiento de las oficinas y servicios de los sindicatos, particularmente para el mantenimiento de las elecciones sindicales y atención a los delegados electos.
Documentos asociados
Boletín:
16/10/2009
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 203
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento
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Boletín:
11/11/2009
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 220
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín:
11/08/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 157
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
30/09/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 192
Documento: Modificación del plazo de presentación de solicitudes. Descargar Documento
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Documento: Modificación del plazo de presentación de solicitudes. Descargar Documento
Boletín:
07/10/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 197
Documento: Corrección de errata en la corrección de errores. Descargar Documento
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