Subvenciones a las actividades de distribución para industrias culturales de artes escénicas y música, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento CT402C).

Código de ayuda:

S02891/25

Norma:

RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de agosto de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas bases tienen por objeto determinar las condiciones que regularán la concesión de subvenciones para promover la distribución exterior e interior de bienes y servicios culturales producidos por empresas vinculadas a las artes escénicas y o musicales y proceder su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento CT402C).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de las Industrias Culturales. (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Pueden obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las personas físicas (autónomas) y personas jurídicas privadas, con domicilio o sucursal en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, dedicadas profesionalmente a la actividad de producción y distribución de espectáculos de artes escénicas o musicales que desarrollen mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. También pueden ser beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades objeto de la subvención, con domicilio o sucursal en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, dedicadas profesionalmente a la actividad de producción y distribución de espectáculos de artes escénicas o musicales que desarrollen mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de transporte y desplazamiento de todo el equipo artístico y técnico, quedando excluidos los desplazamientos dentro de la ciudad. En caso de representaciones en distintas ciudades dentro del mismo plan de distribución, serían gastos justificables los del día de desplazamiento entre una ciudad y otra.

b) Gastos de alojamiento y manutención.

Documentos asociados

Boletín: 11/02/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 28
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 11/02/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 28
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento