Subvenciones a las asociaciones de artesanos del Principado de Asturias para la organizacion de ferias y cursos de formacion.
Código de ayuda:
S07837/11Norma:
Resolución de 25 de enero de 2011.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de subvenciones destinadas a apoyar económicamente a las asociaciones de artesanos, legalmente constituidas en el Principado de Asturias, que organicen actividades feriales dentro de nuestra Comunidad, así como asociaciones de artesanos y entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas en el Principado de Asturias, que organicen cursos de artesanía dirigidos a artesanos que residan dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias. Asimismo serán objeto de subvención aquellos cursos que tengan como finalidad la recuperación o mantenimiento de las técnicas artesanales tradicionales del Principado de Asturias.Categorías Subvención
Artesanía
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Asociacionismo y Voluntariado
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Línea 1.—“Organización de ferias”, hasta un 90% del importe de la inversión, con un límite máximo de subvención de dieciocho mil euros (18.000 €) por cada proyecto realizado. No serán subvencionables los gastos de gestión que superen el 20% del gasto total de la feria.• Línea 2.—“Formación al artesano”, hasta un 90% del importe de la inversión, con un límite máximo de subvención de seis mil euros (6.000 €) por cada curso realizado. No serán subvencionables los gastos de gestión que superen el 20% del gasto total de la organización de los cursos o participación en jornadas.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones de artesanos, legalmente constituidas, que organicen actividades feriales dentro de nuestra Comunidad, así como a asociaciones de artesanos y entidades sin ánimo de lucro, legalmenteconstituidas, organizadoras de cursos de artesanía dirigidos a artesanos que residan dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.—Organización de ferias.Podrán ser subvencionables los gastos derivados de la organización de ferias, exposiciones colectivas o certámenes dentro de Asturias, en las que participen artesanos que figuren inscritos en el Registro de Empresas y Talleres Artesanos de Principado de Asturias, siempre que se trate de eventos de prestigio, en términos de ámbito geográfico, proyección,número de expositores, duración y contenido en actividades diferenciadas, o permita la creación de canales de comercialización, o suponga una sinergia en términos de diseño, ubicación e imagen con otros eventos de interés.
2.—Formación del artesano.
Podrán ser subvencionables los gastos derivados de la organización de cursos o participación en jornadas dirigidas a artesanos del Principado de Asturias dentro de nuestro ámbito territorial, novedosos y actuales en cuanto a su temática, que se adapten al perfil del artesano, teniendo en cuenta la calidad del programa y el equipo de formadores.
Requisitos:
Para ser objeto de subvención, las asociaciones de artesanos deben estar legalmente constituidas en el Principado de Asturias y acreditar que los artesanos que participen en la feria o curso estén inscritos o hayan cursado inscripción en el Registro de Empresas y Talleres Artesanos del Principado de Asturias, regulado en el Reglamento de 31 de octubre de 2001 de desarrollo parcial del Decreto 88/94, de 5 de diciembre, por el que se regula la actividad artesana del Principado de Asturias, reuniendo las condiciones y aportando toda la documentación requerida para ello.Documentos asociados
Boletín:
17/02/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 39
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 39
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