Subvenciones a las asociaciones de artesanos del Principado de Asturias para la organización de ferias y cursos de formación.

Código de ayuda:

S15100/05

Norma:

Resolución de 29 de marzo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones destinadas a apoyar económicamente a las asociaciones de artesanos, legalmente constituidas, que organicen actividades feriales dentro de nuestra Comunidad, así como asociaciones de artesanos y entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que organicen cursos de artesanía dirigidos a artesanos que residan dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias.
Asimismo serán objeto de subvención aquellos cursos que tengan como finalidad la recuperación o mantenimiento de las técnicas artesanales tradicionales del Principado de Asturias.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Formación

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas podrá ascender hasta el 80% de los gastos de organización de las actividades feriales con un límite máximo de subvención de 18.000 euros por cada proyecto realizado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de artesanos, legalmente constituidas, que organicen actividades feriales dentro de nuestra Comunidad, así como asociaciones de artesanos y entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que organicen cursos de artesanía dirigidos a artesanos que residan dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias. Asimismo serán objeto de subvención aquellos cursos que tengan como finalidad la recuperación o mantenimiento de las técnicas artesanales tradicionales del Principado de Asturias.

Para ser objeto de subvención, las asociaciones de artesanos deben estar legalmente constituidas y acreditar la inscripción y renovación de los artesanos que participen en la feria o curso en el Registro de Empresas y Talleres Artesanos del Principado de Asturias, o la presentación de solicitud de inscripción a tal efecto, siempre que en dicha solicitud se haya aportado toda la documentación necesaria para dicha inscripción.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Organización de ferias.
Podrán ser subvencionables los gastos derivados de la organización de ferias, exposiciones o certámenes dentro de Asturias, en las que participen artesanos que figuren inscritos en el Registro de Empresas y Talleres Artesanos de Principado de Asturias, siempre que se trate de actividades feriales de prestigio, en términos de ámbito geográfico, proyección, número de expositores, duración y contenido en actividades diferenciadas, o permita la creación de canales de comercialización, o suponga una sinergia en términos de diseño, ubicación e imagen con otros eventos de interés.

2. Formación del artesano.
Podrán ser subvencionables los gastos derivados de la organización de cursos o participación en jornadas dirigidas a artesanos del Principado de Asturias dentro de nuestro ámbito territorial, novedosos y actuales en cuanto a su temática, que se adapten al perfil del artesano, teniendo en cuenta la calidad del programa y el equipo de formadores.

Documentos asociados

Boletín: 11/04/2005
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 82
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento