Subvenciones a las asociaciones de comerciantes sin fines de lucro, para la dinamizacion de los centros comerciales abiertos y plazas de abastos de Galicia, en desarrollo del Plan Agora, agora Re-comercia 2010-2013 y se procede a su convocatoria (IN219A-presentacion electronica).- Convocatoria 2011.- Corrección.
Código de ayuda:
S25455/11Norma:
ORDEN de 8 de abril de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 04/06/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las subvenciones de la Consellería de Economía e Industria destinadas al desarrollo equilibrado de los centros comerciales abiertos y plazas de abastos.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Comercio
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) La inversión máxima subvencionable establecida para las actuaciones contenidas en el artículo 1 punto 3.1.1 es de 85.000 euros.El porcentaje de subvención alcanzará el 70% de la inversión máxima subvencionable.
b) La inversión máxima subvencionable establecida para las actuaciones contenidas en el artículo 1 punto 3.1.2 es de 30.000 euros.
El porcentaje de subvención alcanzará el 70% de la inversión máxima subvencionable.
El importe de las subvenciones reguladas en esta orden en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aislada o en concurrencia con otras ayudas de las distintas administraciones o cualquiera de sus entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad subvencionada.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
- Las asociaciones de vendedores de las plazas de abastos, sin fines de lucro, que estén legalmente constituidas, y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia.- Las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica, constituidas a los solos efectos de compartir la unidad gerencial prevista en el apartado 3.1.2 e) del artículo 1.
- Las asociaciones de comerciantes de carácter territorial, sin fines de lucro, que estén legalmente constituidas y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia, que lleven a cabo proyectos de interés y trascendencia en centros comerciales abiertos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los proyectos que tengan por finalidad conseguir la dinamización y revitalización de los centros comerciales abiertos a través de:a) Dinamización comercial mediante la realización de campañas de promoción, publicidad en medios de comunicación o en soportes publicitarios, así como la elaboración de material promocional de las actuaciones desarrolladas.
El desarrollo de campañas de dinamización o actuaciones encaminadas a la promoción de las ventas deberán presentarse dentro de un proyecto de incentivación al consumo en el que se muestre la participación directa de los establecimientos comerciales asociados.
b) Desarrollo de sistemas de fidelización a través de servicios dirigidos a los clientes cuya finalidad sea aumentar las ventas, atraer a nuevas personas consumidoras y satisfacer la clientela.
c) Señalización comercial externa, a través de elementos identificativos del área comercial.
d) Mejora de la competitividad comercial a través de las siguientes actuaciones:
d.1) Proyectos de creación y puesta en funcionamiento y consolidación de centrales de compras y servicios.
d.2) Creación de redes de comunicación.
d.3) Jornadas técnicas y congresos en materia de comercio.
Asimismo, se considerarán subvencionables los gastos imputables a las unidades gerenciales, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3.3, y derivados del planteamiento, ejecución y seguimiento del proyecto objeto de la subvención.
Los proyectos que tengan por finalidad conseguir la dinamización y regeneración de las plazas de abastos a través de las siguientes actuaciones:
a) Instalaciones y equipamientos del mercado y de las placeras y de los placeros.
b) Desarrollo de sistemas de fidelización a través de servicios complementarios cuya finalidad sea aumentar las ventas, atraer a nuevas personas consumidoras y satisfacer la clientela.
c) Señalización comercial, que deberá atenerse a los siguientes requisitos de color de fondo de los puestos respecto a cada uno de los siguientes productos:
Fondo azul.-Para los puestos de venta de pescado.
Fondo rojo.-Para los puestos de venta de carne.
Fondo verde.-Para los puestos de venta de frutas y verduras.
Fondo amarillo.-Para los puestos de venta de lácteos, huevos y panadería.
d) Dinamización comercial mediante la realización de campañas de promoción, publicidad en medios de comunicación o en soportes publicitarios, así como la elaboración de material promocional de las actuaciones desarrolladas.
El desarrollo de campañas de promoción o actuaciones encaminadas a la promoción de las ventas deberán presentarse dentro de un proyecto de incentivación al consumo en el que se muestre la participación directa de las placeras y de los placeros.
e) Asimismo, se considerarán subvencionables los gastos imputables a las unidades gerenciales derivados del planteamiento, ejecución y seguimiento del proyecto objeto de la subvención.
Requisitos:
A estos efectos, tendrán la consideración de centros comerciales abiertos, las agrupaciones de establecimientos comerciales definidas en el artículo 24 de la Ley 13/2010, de 17 de diciembre, de comercio interior de Galicia, que cuenten, en todo caso, con una unidad de gestión profesionalizada de carácter permanente, que deberá cumplir los siguientes requisitos:-La unidad gerencial deberá tener contratada a una persona física mediante un contrato laboral que en ningún caso podrá ser miembro de la asociación ni formar parte de los órganos de gobierno de la misma.
-Prestar servicios de atención a las personas usuarias un mínimo diario de seis horas en horario comercial.
Además, el CCA deberá cumplir por lo menos cuatro de los siguientes cinco requisitos mínimos:
a) Estar en ayuntamientos con población superior a los 10.000 habitantes, de acuerdo con lo establecido en el Real decreto 1612/2010, de 7 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal referidas a 1 de enero de 2010.
b) Disponer de un grado de concentración comercial alto, es decir, en el espacio donde se desarrolla debe haber por lo menos 100 comercios, los cuales deberán compartir una señal de identidad conjunta tanto a nivel urbanístico como comercial.
c) Contar como adheridos por lo menos con el 50% de los comercios existentes en su delimitación territorial.
d) Presentar una diversidad de oferta comercial, con predominio de la oferta especializada en equipamiento personal.
e) Integrar los principales ejes comerciales de la ciudad.
Documentos asociados
Boletín:
04/05/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 86
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 86
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
19/05/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 96
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 96
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento