Subvenciones a las asociaciones de consumidores y usuarios.

Código de ayuda:

S14264/04

Norma:

Resolución de 7 de mayo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/06/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Otras

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Salud y Consumo (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los proyectos calificados en grado mínimo se pueden subvencionar en cuantía no superior al 10 por ciento del presupuesto total de la actividad; si se califica en grado medio, no puede superar el 50 por ciento, y si se califica en grado máximo, se puede conceder la subvención hasta el 100 por ciento del presupuesto presentado, pero en ningún caso no puede superar el importe solicitado.

A la cantidad subvencionada sólo se podrá incluir el IVA soportado si la entidad solicitante no tiene finalidad de lucro y lo soporta como destinatario final.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de consumidores y usuarios con domicilio en las Illes Balears.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos para actividades y proyectos:
- de defensa de los intereses económicos y sociales de los consumidores y usuarios, su protección jurídica, el asesoramiento y la resolución de conflictos de consumo;
- de información de productos, de servicios y de derechos;
- de encuestas, y de análisis de calidad;
- de publicaciones relacionadas con consumo;
- de educación y de formación de los consumidores y usuarios o de los formadores de éstos;
- y, en general, de las actividades dirigidas al cumplimiento de lo previsto en el Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Asimismo, puede ser objeto de subvención el mantenimiento de las asociaciones de consumidores y usuarios; y el fomento de la participación de éstas en los órganos de representación de los intereses de los consumidores y usuarios.

Requisitos:

Las asociaciones solicitantes deben figurar inscritas en el registro de asociaciones de consumidores y usuarios de la Dirección General de Consumo.

Documentos asociados

Boletín: 20/05/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 71
Documento: Convocatoria Descargar Documento