Subvenciones a las asociaciones de empresas y talleres artesanos del Principado de Asturias para la organización de ferias y muestras de artesanía y cursos de especialización profesional.

Código de ayuda:

S21155/24

Norma:

Resolución de 2 de octubre de 2024. Resolución de 17 de octubre de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de noviembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las finalidades de estas ayudas son las siguientes:

1. Línea 1. Organización de ferias y muestras de artesanía.
La presente línea de ayudas tiene por finalidad mejorar la comercialización de la producción artesana, potenciando mediante la concesión de ayudas la asunción de responsabilidad del sector artesano en la organización de ferias o muestras consideradas adecuadas para sus objetivos de mercado, imagen y calidad, siempre que se celebren dentro del territorio del Principado de Asturias.

2. Línea 2. Formación de las empresas y talleres de artesanía.
Esta línea de ayudas tiene por finalidad la organización de cursos dirigidos a empresas y talleres de artesanía que tengan domicilio social y fiscal en el Principado de Asturias. Concretamente se pretende la promoción de las acciones formativas de especialización, formación y reciclaje en materias artesanas, así como las que tengan por propósito difundir e introducir nuevas técnicas artesanales y las que pretendan la recuperación o mantenimiento de las técnicas artesanales tradicionales del Principado de Asturias.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Formación

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Transición ecológica, industria y desarrollo económico (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía de las subvenciones concedidas será variable y se determinará teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y los criterios de valoración aplicados, mediante reparto proporcional en función de la puntuación obtenida.

2. La cuantía máxima a percibir será del 90% del valor total de los gastos subvencionables de cada proyecto.
En el caso de la línea 2, se establece un límite máximo de subvención de dos mil euros por cada curso realizado.

3. En el caso de que las disponibilidades presupuestarias fuesen menores a la suma de las subvenciones resultantes de la aplicación de lo establecido en los apartados anteriores, el órgano competente procederá al prorrateo, entre los beneficiarios, del importe global máximo destinado a estas ayudas, conforme a la fórmula establecida en la correspondiente convocatoria.

4. Las fórmulas de cálculo de las ayudas serán las establecidas en la correspondiente convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las asociaciones de empresas y talleres artesanos con domicilio social y fiscal en el Principado de Asturias, legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.

2. En el caso de la línea Formación de las empresas y talleres de artesanía, también podrán alcanzar la condición de beneficiarias las asociaciones sin ánimo de lucro de carácter cultural con domicilio social y fiscal en el Principado de Asturias, legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Línea 1. Organización de ferias y muestras de artesanía.
Podrán ser subvencionables los gastos derivados de la organización de ferias y muestras de artesanía celebradas dentro de Asturias, en las que participen artesanos inscritos en el Registro de Actividades Artesanas del Principado de Asturias.
Están incluidos los gastos inherentes a la realización de ferias y muestras de artesanía, tales como los de alquiler del suelo, instalación, mantenimiento y retirada de suministros de agua, electricidad, telefonía y aire acondicionado, publicidad y edición de catálogos, seguros, vigilancia, servicio de limpieza y otros análogos.
No serán subvencionables los gastos de organización que superen el 20% del presupuesto total de la feria o muestra de artesanía.

- Línea 2. Formación de las empresas y talleres de artesanía.
Podrán ser subvencionables los gastos derivados de la organización de cursos o participación en jornadas dirigidas a empresas y talleres de artesanía del Principado de Asturias dentro de nuestro ámbito territorial, que se adapten al perfil de los asistentes, teniendo en cuenta la calidad del programa y el equipo docente.

Serán conceptos subvencionables:
— La remuneración al personal docente externo empleado en virtud de contrato de servicios.
— La adquisición de material didáctico.
— Los gastos generales que ocasione la celebración del curso tales como alquiler de aulas y equipamiento,
así como la compra de materiales diversos a emplear en el mismo.

Documentos asociados

Boletín: 08/10/2024
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 196
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BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 211
Documento: Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento
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