Subvenciones a las asociaciones juveniles.
Código de ayuda:
S34228/10Norma:
Ayuntamiento de Castrillón.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/06/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de subvenciones para el ejercicio 2010, a las asociaciones juveniles constituidas legalmente y radicadas en Castrillón.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Juventud
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Ayuntamiento de Castrillón (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Asociaciones juveniles legalmente constituidas, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Castrillón, con ámbito de actuación local o con delegación en el municipio.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Actividades que propicien la participación, que fomenten el asociacionismo, que estén destinadas a colectivos desfavorecidos, a difundir derechos, a la promoción de la cultura, a desarrollar proyectos innovadores o de medio ambiente, a fomentar el uso creativo del tiempo libre, a difundir aspectos preventivos de la salud y cualquier otro que repercuta positivamente en la población del concejo y especialmente en los/as jóvenes.b) Adquisición de material fungible u otro tipo de material necesario para el correcto funcionamiento de la asociación y del desarrollo habitual de su actividad.
c) Adquisición de equipamientos para los locales o sedes sociales de las asociaciones juveniles, así como el alquiler de los mismos.
Requisitos:
Carecer de ánimo de lucro.Estar constituidas al amparo de la legislación vigente y debidamente inscritas en el registro administrativo
correspondiente.
Estar inscrita en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Castrillón.
Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
No ser deudor del Ayuntamiento de Castrillón.
Haber justificado debidamente las subvenciones municipales recibidas.
Documentos asociados
Boletín:
21/05/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 116
Documento: Anuncio de Convocatoria. Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 116
Documento: Anuncio de Convocatoria. Descargar Documento
Boletín:
21/05/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 00
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 00
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento