Subvenciones a las comunidades andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades, para 2017, en las Líneas 1 y 2.
Código de ayuda:
S33755/16Norma:
Orden de 29 de julio de 2016. Orden de 24 de agosto de 2016. Orden de 12 de mayo de 2017.Plazo de Solicitud:
Linea 1 y 2: Hasta el 27 de junio de 2017; Entidades en el extranjero: Hasta e 4 de julio de 2017.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La finalidad prevista es el sostenimiento de actividades de promoción cultural.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática (Andalucía)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1.- Las Comunidades Andaluzas.2.- Las Entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas que realicen acciones dirigidas a
promocionar o difundir la cultura andaluza, en colaboración con las Comunidades Andaluzas y en apoyo de
éstas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Línea (1): Acciones culturales sobre la identidad andaluza, así como proyección de la imagen deAndalucía en el exterior, realizadas por comunidades andaluzas asentadas en el exterior.
b) Línea (2): Acciones culturales sobre la identidad andaluza, así como proyección de
la imagen de Andalucía en el exterior, realizadas por Coordinadoras o Federaciones de
Comunidades Andaluzas.
c) Línea (3): Ayudas para el sostenimiento de la actividad ordinaria de las entidades mediante la
financiación de gastos corrientes.
d) Línea (4): Acciones destinadas a favorecer la interacción entre las comunidades andaluzas en el
exterior, como representantes de la emigración andaluza, y las personas que deciden emigrar actualmente.
Requisitos:
Estar inscritas como Comunidades Andaluzas en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas y no ostentar la condición de Coordinadora o Federación conforme a lo establecido en el artículo 27 de la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el mundo.Para las Entidades sin ánimo de lucro, referenciadas en el apartado 4.a).1.º.2, el estar legalmente
constituidas e inscritas en el registro que corresponda en función de su naturaleza jurídica y tener
domicilio social en Andalucía.
Documentos asociados
Boletín:
04/08/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 149
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
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Boletín:
29/08/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 165
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos: Lineas 1, 3 y 4 Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 165
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos: Lineas 1, 3 y 4 Descargar Documento
Boletín:
29/08/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 165
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto): Lineas 1, 3 y 4 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2016 (Extracto): Lineas 1, 3 y 4 Descargar Documento
Boletín:
30/05/2017
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 101
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos: Linea 1 y 2 Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 101
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos: Linea 1 y 2 Descargar Documento
Boletín:
30/05/2017
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 101
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto): Linea 1 y 2 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2017 (Extracto): Linea 1 y 2 Descargar Documento