Subvenciones a las entidades asociativas de la economía social y del autoempleo de Extremadura para 2025.
Código de ayuda:
S01028/25Norma:
RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 17 de febrero de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 45.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente resolución tiene por objeto convocar, mediante tramitación anticipada, las subvenciones a las entidades asociativas de la economía social y del trabajo autónomo para 2025, como medida de promoción y de fomento de la economía social y del autoempleo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para que puedan conseguir de forma eficaz el cumplimiento de los fines que les son propios, esto es, la defensa y promoción de sus miembros y de la actividad e intereses que representen. A tales efectos se contemplan dos líneas:— Línea I: Subvenciones a las entidades asociativas de la economía social.
— Línea II: Subvenciones a las entidades asociativas de trabajadores y trabajadoras autónomas.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Empleo
Recursos Humanos
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/10.png)
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las entidades beneficiarias podrán obtener una subvención de hasta 45.000,00 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en la orden de bases reguladoras, las siguientes entidades:— Para la Línea I, las entidades asociativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura integradas en su totalidad por entidades de la economía social.
— Para la Línea II, las entidades asociativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura integradas exclusivamente por trabajadoras y trabajadores autónomos.
Requisitos:
a) Tener personalidad jurídica y no encontrarse en proceso de disolución, tener ámbito de actuación autonómico y sede en Extremadura, para la línea II tendrán carácter intersectorial, y estar inscritas con una anterioridad mínima de doce meses a la publicación de la resolución de convocatoria en los registros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura señalados en el apartado 2 siguiente.b) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Obtener un mínimo de 7 puntos en aplicación de los criterios de valoración señalados en el apartado octavo de esta resolución.
Documentos asociados
Boletín:
18/04/2024
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 46
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
16/01/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 10
Documento: Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
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