Subvenciones a las entidades de ocio infantil y juvenil de Valls.- Convocatoria 2012/2013.

Código de ayuda:

S40764/13

Norma:

Valls, 28 d'octubre de 2013. Valls, 22 d’octubre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/11/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de solicitud, concesión y justificación de subvención a las entidades de educación en el tiempo libre infantiles y juveniles de Valls para el curso 2012/13.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Ayuntamiento de Valls (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención no podrá superar el 50% del total del gasto de las
actividades subvencionadas y en ningún caso será superior a 450 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades vallenses sin ánimo de lucro que tengan como principal finalidad la educación en el tiempo libre de niños y jóvenes o la atención a colectivos de jóvenes con especial dificultades que desarrollen proyectos de ocio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Apoyar el asociacionismo juvenil e infantil en el campo de la educación en el ocio según los siguientes objetivos:

- Fomentar la participación de las entidades en proyectos de barrio y ciudad.

- Potenciar la formación de educadores en el campo de la educación en el tiempo libre.

- Favorecer la realización de actividades organizadas en períodos de vacaciones escolares.

- Apoyar el funcionamiento ordinario de las entidades.

- Apoyar las actividades extraordinarias abiertas al municipio de carácter instructivo, cultural y festivo.

Requisitos:

- La entidad debe tener la sede social en Valls.

- Seguir la normativa vigente en materia de educación en el tiempo libre.

- No tener deudas con el Ayuntamiento de Valls.

- Estar legalmente reconocidas o en trámite de serlo.

- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

- Las actividades subvencionadas no pueden tener fin finalidades lucrativas.

- La entidad no puede haber sido subvencionada anteriormente por el Ayuntamiento en el mismo periodo económico y por la misma actividad.

Documentos asociados

Boletín: 28/10/2013
BO Provincia de Tarragona- Nº 248
Documento: Bases y Convocatoria 2012/2013. Descargar Documento
Boletín: 04/11/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6493
Documento: Anuncio. Descargar Documento