Subvenciones a las entidades locales para la protección, conservación, restauración o rehabilitación del Patrimonio Cultural Inmueble de Cantabria.

Código de ayuda:

S09073/06

Norma:

Orden CUL/20/2006, de 20 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/04/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La protección, conservación, restauración o rehabilitación del patrimonio cultural inmueble de Cantabria por parte de las Entidades Locales, siempre y cuando su presupuesto total no exceda de 60.000 euros.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Locales de Cantabria. Para el desarrollo de las actividades previstas en el artículo 1.1, apartados a) y c), la Entidad Local habrá de ser propietaria del inmueble, o al menos estar autorizada por su propietario para desarrollar la actividad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Redacción de proyectos o ejecución de obras de protección, conservación, restauración o rehabilitación (integral o por fases) del patrimonio cultural inmueble, civil o religioso, siempre y cuando se refiera a bienes incluidos en alguna de las siguientes categorías:
- Inmuebles declarados o que tengan incoado expediente de declaración como B.I.C. (Bien de Interés Cultural).
- Inmuebles declarados o que tengan incoado expediente de declaración como B.I.L. (Bien de Interés Local).
- Inmuebles incluidos en el Inventario General del Patrimonio Cultural de Cantabria o que tengan incoado expediente para su inclusión.
- Inmuebles que formen parte de un Conjunto Histórico declarado o incoado.
- Inmuebles que formen parte de entornos de protección de bienes incoados o declarados B.I.C. o B.I.L., y tengan especial significación.
- Inmuebles con la consideración de edificio singular o similar en el planeamiento urbanístico municipal.
- Otros inmuebles singulares que no estando incluidos en el Inventario General del Patrimonio Cultural de Cantabria debieran estarlo y se inicien los trámites para su inclusión antes de ejecutar las obras o redactar el proyecto de obra.

b) Redacción inicial, conclusión o modificación de Planes Especiales de Conjuntos Históricos, Lugares Culturales, Lugares Naturales, Zonas Arqueológicas y entornos de Bienes Culturales.

c) Redacción de proyectos y ejecución de obras de protección, conservación, restauración o rehabilitación (integral o por fases) de molinos, ferrerías y otros ingenios hidráulicos.

d) Realización o, en su caso, modificación de cartas arqueológicas.

Documentos asociados

Boletín: 29/03/2006
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 62
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Solicitud Descargar Documento