Subvenciones a las entidades locales para la proteccion del patrimonio cultural inmueble de Cantabria para el año 2010 - Ampliación de plazo.
Código de ayuda:
S34919/10Norma:
Orden CUL/27/2010, de 28 de abril. Orden CUL/29/2010, de 8 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/06/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
La protección del patrimonio cultural inmueble de Cantabria.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/6.png)
Convoca:
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- La cuantía de las subvenciones podrá alcanzar hasta el 90 % del coste de la actividad subvencionada, y no podrá superar la cuantía de 45.000 euros.- La cuantía de las subvenciones será proporcional a la puntuación obtenida por los beneficiarios.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Entidades Locales de Cantabria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Redacción de proyectos o ejecución de obras de protección, conservación, restauración o rehabilitación (integral o por fases) del patrimonio cultural inmueble, civil o religioso, excluida la reconstrucción, siempre y cuando se refi era a bienes incluidos en alguna de las siguientes categorías:- Inmuebles declarados o que tengan incoado expediente de declaración como B.I.C. (Bien de Interés Cultural).
- Inmuebles declarados o que tengan incoado expediente de declaración como B.I.L. (Bien de Interés Local).
- Inmuebles incluidos en el Inventario General del Patrimonio Cultural de Cantabria o que tengan incoado expediente para su inclusión.
- Inmuebles que formen parte de un Conjunto Histórico declarado o incoado.
- Inmuebles que formen parte de entornos de protección de bienes incoados o declarados B.I.C., B.I.L., y tengan especial signifi cación.
- Inmuebles con la consideración de edifi cio singular o similar en el planeamiento urbanístico municipal.
- Otros inmuebles singulares que tengan especial signifi cación histórico-artística.
b) Redacción inicial, conclusión o modifi cación de Planes Especiales de Conjuntos Históricos, Lugares Culturales, Lugares Naturales, Zonas Arqueológicas y entornos de Bienes Culturales.
c) Redacción de proyectos y ejecución de obras de protección, conservación, restauración o rehabilitación (integral o por fases) de molinos, ferrerías y otros ingenios hidráulicos, previa acreditación por parte del Comité de Valoración al que se refi ere el artículo 5 de la presente Orden, de su interés histórico y cultural.
2. Serán gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen y paguen dentro del periodo de ejecución definido en el apartado anterior. No serán subvencionables al amparo de esta convocatoria las intervenciones en los bienes integrantes del patrimonio mueble o arqueológico de Cantabria.
Documentos asociados
Boletín:
24/05/2010
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 98
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 98
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
10/06/2010
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 111
Documento: Ampliación de plazo de presentación. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 111
Documento: Ampliación de plazo de presentación. Descargar Documento