Subvenciones a las entidades locales que desarrollen los Programas de Atención a las Familias en Extremadura.
Código de ayuda:
S55419/22Norma:
ORDEN de 15 de septiembre de 2022. RESOLUCIÓN de 13 de octubre de 2022.Plazo de Solicitud:
Hasta el 25 de noviembre del 2022.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es la aprobación de la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de los Programas de Atención a las Familias (en adelante PAF) para la anualidad 2022 a 2024 inclusive, cuyos aspectos técnicos y metodológicos son regulados por el Decreto 74/2022, de 15 de junio, por el que se regulan los Programas de Atención a las Familias en Extremadura.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Salud y Servicios Sociales (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para cada municipio la cantidad subvencionada por anualidad asciende a 55.651,32€.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
a) Las mancomunidades integrales, constituidas al amparo de la Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de mancomunidades y entidades locales menores de Extremadura y, en su caso, aquellas que hayan iniciado el procedimiento para su calificación como mancomunidad integral a la fecha de la publicación de la correspondiente resolución de convocatoria de las subvenciones cuyas bases reguladoras se establecen mediante la presente orden.b) Las mancomunidades que, no ostentando la calificación de integrales, gestionen los servicios sociales de atención social básica, siempre que la mitad más uno de los municipios que las integren no pertenezcan al mismo tiempo a una mancomunidad integral.
c) Los municipios que cuenten con una población superior a 10.000 habitantes, de acuerdo con los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística a la fecha de la publicación de la correspondiente resolución de convocatoria de estas subvenciones.
Requisitos:
Las entidades locales beneficiarias de las subvenciones reguladas por esta orden deberán cumplir los siguientes requisitos:a) Estar inscritas en el Registro Unificado de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Extremadura.
b) Acreditar que no se hallan incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.
Documentos asociados
Boletín:
20/09/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 181
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
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Boletín:
25/10/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 205
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín:
25/10/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 205
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 205
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento