Subvenciones a las entidades sin ánimo de lucro y entidades públicas, para actuaciones de promoción e implantación de tecnologías de la información.
Código de ayuda:
S13855/04Norma:
Orden de 27 de abril del 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 17/06/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar actuaciones de promoción e implantación de tecnologías de la información.Categorías Subvención
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Equipamientos informáticos y Tecnología
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Educación, Ciencia, y Universidades (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Para los proyectos y actuaciones, cuando el beneficiario sea una entidad sin ánimo de lucro: hasta el 100 % de los costes subvencionables.b) Para los proyectos y actuaciones, cuando el beneficiario sea una entidad o institución pública: hasta el 75 % de los costes subvencionables.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las entidades con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, y las entidades e instituciones públicas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las siguientes actuaciones:a) La elaboración y ejecución de proyectos encaminados al desarrollo e implantación de las tecnologías de la información y las comunicaciones, cuya finalidad sea alguna de las siguientes:
* Acercar las nuevas tecnologías a colectivos sociales que tienen mas dificultades para acceder a ellas.
* Facilitar las relaciones de la administración con el ciudadano.
* Proporcionar, desarrollar o implantar servicios de comercio electrónico.
* Fomento y utilización de teletrabajo.
* Proporcionar, desarrollar o implantar servicios de teleformación.
* Proporcionar, desarrollar o implantar servicios sanitarios en línea.
* Establecer espacios de intercambio de información y experiencias de carácter temático o profesional.
* Proporcionar, desarrollar o implantar acceso en línea a bienes culturales, bibliotecas, etc.
* Desarrollo de contenidos digitales de carácter cultural para su publicación en la red.
b) Celebración de jornadas, congresos y exposiciones cuya finalidad sea la difusión y la promoción de las tecnologías de la información.
c) Publicaciones de informes, documentos, material impreso, digital, gráfico o audiovisual cuya finalidad sea la divulgación, difusión de las tecnologías de la información y sus aplicaciones o la implantación de las mismas.
Los costes correspondientes a actuaciones realizadas durante 2004:
a) Para los proyectos y actuaciones previstos en los puntos a) y b):
* Gastos de contratación de personal técnico dedicado directamente a la actuación, en la proporción en que se justifique su dedicación al misma.
* Colaboraciones externas derivadas exclusivamente de la actuación.
* Material fungible dedicado exclusiva y permanentemente a dicha actuación.
* Equipos y sistemas destinados exclusiva y permanentemente a la actuación.
* Inversiones en software preciso para la realización del proyecto.
* Otros gastos directamente derivados del proyecto o actuación y debidamente justificados.
b) Para las actuaciones previstas en punto c):
* Gastos de maquetación, impresión y edición, en cualquier soporte.
En ningún caso serán subvencionables los gastos generales de la entidad solicitante.
Requisitos:
No podrá obtener la condición de beneficiario cuando no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.Documentos asociados
Boletín:
17/05/2004
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 56
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 56
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