Subvenciones a las galerías de arte para la participación en ferias y mercados de arte fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Código de ayuda:
S39037/20Norma:
ORDEN de 10 de julio de 2020.Plazo de Solicitud:
Hasta el 27 de agosto de 2020.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 2.000.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras del procedimiento de concesión de ayudas a las galerías de arte que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma gallega, para facilitar su participación en ferias y eventos del sector que tengan lugar en el año 2020 fuera de la comunidad.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Exportación / Internacionalización
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Cultura y Turismo (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía total de las ayudas de minimis concedidas a una empresa no podrá exceder de los 200.000,00 euros en un período de tres ejercicios fiscales.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Dentro de los límites presupuestarios y de acuerdo con las condiciones y criterios que se establecen, podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas por la presente orden, las personas físicas o jurídicas, dedicadas a la actividad de producción y distribución de bienes o servicios culturales de carácter personal, titulares de galerías de arte, que desarrollen sus actividades en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.Requisitos:
a) Haber asistido y participado en una feria o mercado de arte fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2020.b) Estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas, en la actividad para la que solicitan la subvención.
c) Inscripción como profesional de los asistentes a la feria o mercado.
d) Acreditar la relación de los asistentes con la empresa, mediante contrato o declaración del titular de la empresa beneficiaria.
Documentos asociados
Boletín:
27/07/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 149
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 149
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
27/07/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 149
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 149
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento