Subvenciones a las organizaciones profesionales agrarias.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S61455/10Norma:
ORDEN de 3 de noviembre de 2010. Decreto 2/2007, de 19 de enero. DECRETO 7/1996, de 30 de enero. ORDEN de 9 de marzo de 2012. ORDEN de 28 de febrero de 2013.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 10 de abril de 2013.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La convocatoria de subvenciones destinadas a atender los gastos generales de funcionamiento e infraestructura de las organizaciones profesionales agrarias para el año 2013, de acuerdo con las bases reguladoras previstas en el Decreto 2/2007, de 16 de enero, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura y alimentación, y en las bases reguladoras específicas previstas en el Decreto 7/1996, de 30 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula la concesión de subvenciones para el apoyo de actividades y servicios agroambientales.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
Aragón
Convoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía individualizada de la subvención a otorgar a cada beneficiario vendrá calculada por la aplicación del porcentaje de número de votos válidos obtenidos por cada organización o coalición electoral en las últimas elecciones celebradas a Cámaras Agrarias sobre el total de la cuantía de la subvención.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones profesionales agrarias que dispongan de representación en las tres Cámaras Agrarias de Aragón, por sí o a través de coalición electoral.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos generales de funcionamiento e infraestructura de los beneficiarios, tales como la adquisición de mobiliario y material informático de oficina, pago de salarios y seguros sociales de sus trabajadores, y costes derivados de la organización de actividades formativas o de promoción del sector agroalimentario que, en este último caso, constituyan una labor intrínseca en el funcionamiento de la organización profesional agraria.Requisitos:
No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones, de acuerdo con el régimen y el procedimiento previstos en los artículos 13.2 y 3, de la Ley 38/2003, de 26 de noviembre y en los artículos 8 y 9 del Decreto 2/2007, de 19 de enero.Documentos asociados
Boletín:
09/02/1996
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 16
Documento: DECRETO 7/1996. Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 16
Documento: DECRETO 7/1996. Descargar Documento
Boletín:
22/01/2007
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 09
Documento: DECRETO 2/2007. Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 09
Documento: DECRETO 2/2007. Descargar Documento
Boletín:
15/11/2010
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 222
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 222
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
20/12/2010
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 246
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 246
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín:
16/03/2012
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 53
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 53
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
20/03/2013
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 56
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 56
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento