Subvenciones a las universidades de Cataluña destinadas a organizar seminarios o actividades de reflexion y debate sobre las politicas publicas, la gestion y la Administracion publica, y se aprueba su convocatoria para el año 2009.
Código de ayuda:
S31573/09Norma:
RESOLUCION GAP/1024/2009, de 14 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/05/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de las convocatorias para la concesión de subvenciones a las universidades catalanas, públicas y privadas para organizar seminarios o actividades de reflexión y debate sobre las políticas públicas, la gestión y la Administración pública.Las materias objeto de los seminarios o actividades de reflexión pueden ser, de forma orientativa pero no limitativa, entre otros: los cambios en las organizaciones públicas para adaptarse a las necesidades del entorno social, económico y político (la política de recursos humanos; la perspectiva de género; las tecnologías de la información y la comunicación en las organizaciones públicas, etc.); las relaciones de cooperación intra e interadministrativas (interoperabilidad; transferencia de datos, etc.); el gobierno, la Administración y la ciudadanía (la relación entre políticos y gestores públicos; las cartas de servicios, etc.).
Queda excluida de la convocatoria cualquier tipo de acción que forme parte de programas de doctorado o posgrado.
Serán subvencionables los seminarios o actividades de reflexión y debate iniciados y finalizados entre el 1 de enero y el 1 de noviembre del año correspondiente.
Excepcionalmente, y previa solicitud motivada, la dirección de la Escuela de Administración Pública puede otorgar una prórroga para las fechas de realización del seminario, que en ningún caso podrá ser posterior al 1 de diciembre del año correspondiente.
Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de cada una de las subvenciones no puede sobrepasar la cantidad de 2.000 euros.Las subvenciones se destinarán exclusivamente a sufragar, total o parcialmente, los gastos siguientes:
a) La organización y difusión, incluyendo la publicación posterior de la actividad, si procede.
b) Los gastos ocasionados por los ponentes: estancias, viajes, etc., y también sus honorarios.
Quedan explícitamente excluidos de la convocatoria los gastos sociales (comidas de las personas asistentes y organizadoras; actos lúdicos; gastos protocolarios y gastos del personal organizador).
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Se pueden beneficiar de estas subvenciones las universidades de Cataluña, públicas o privadas, así como también las entidades, organismos o instituciones con personalidad jurídica que tengan personal propio y que mayoritariamente dependan o estén vinculados a aquellas.Documentos asociados
Boletín:
22/04/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5364
Documento: Base Reguladora y Convocatoria 2009 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5364
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