Subvenciones a las universidades de Cataluña destinadas a organizar seminarios o actividades de reflexion y debate sobre las politicas publicas, la gestion y la Administracion publica, y se aprueba su convocatoria para el año 2009.

Código de ayuda:

S31573/09

Norma:

RESOLUCION GAP/1024/2009, de 14 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las convocatorias para la concesión de subvenciones a las universidades catalanas, públicas y privadas para organizar seminarios o actividades de reflexión y debate sobre las políticas públicas, la gestión y la Administración pública.

Las materias objeto de los seminarios o actividades de reflexión pueden ser, de forma orientativa pero no limitativa, entre otros: los cambios en las organizaciones públicas para adaptarse a las necesidades del entorno social, económico y político (la política de recursos humanos; la perspectiva de género; las tecnologías de la información y la comunicación en las organizaciones públicas, etc.); las relaciones de cooperación intra e interadministrativas (interoperabilidad; transferencia de datos, etc.); el gobierno, la Administración y la ciudadanía (la relación entre políticos y gestores públicos; las cartas de servicios, etc.).

Queda excluida de la convocatoria cualquier tipo de acción que forme parte de programas de doctorado o posgrado.
Serán subvencionables los seminarios o actividades de reflexión y debate iniciados y finalizados entre el 1 de enero y el 1 de noviembre del año correspondiente.

Excepcionalmente, y previa solicitud motivada, la dirección de la Escuela de Administración Pública puede otorgar una prórroga para las fechas de realización del seminario, que en ningún caso podrá ser posterior al 1 de diciembre del año correspondiente.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de cada una de las subvenciones no puede sobrepasar la cantidad de 2.000 euros.

Las subvenciones se destinarán exclusivamente a sufragar, total o parcialmente, los gastos siguientes:

a) La organización y difusión, incluyendo la publicación posterior de la actividad, si procede.

b) Los gastos ocasionados por los ponentes: estancias, viajes, etc., y también sus honorarios.

Quedan explícitamente excluidos de la convocatoria los gastos sociales (comidas de las personas asistentes y organizadoras; actos lúdicos; gastos protocolarios y gastos del personal organizador).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Se pueden beneficiar de estas subvenciones las universidades de Cataluña, públicas o privadas, así como también las entidades, organismos o instituciones con personalidad jurídica que tengan personal propio y que mayoritariamente dependan o estén vinculados a aquellas.

Documentos asociados

Boletín: 22/04/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5364
Documento: Base Reguladora y Convocatoria 2009 Descargar Documento