Subvenciones a los Ayuntamientos de Andalucía en materia de Urbanismo Comercial.
Código de ayuda:
S02446/06Norma:
ORDEN de 11 de enero de 2006. Orden de 5 de diciembre de 2002. RESOLUCION de 7 de julio de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/02/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, a los Ayuntamientos de Andalucía, para financiar proyectos municipales de adecuación urbanística y comercial de determinadas formas comerciales tradicionales, así como para elevar el grado de inserción de las estructuras comerciales en los procesos de planificación urbanística.Categorías Subvención
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
- Turismo y Hostelería
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Turismo, Comercio y Deporte (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la ayuda a conceder no podrá exceder del 50% del total de la inversión aprobada subvencionable, salvo en el caso de Entidades Locales cuyo número de habitantes sea inferior a 5.000 habitantes, en cuyo caso se podrá subvencionar una ayuda adicional de hasta 100.000 € que tendrá la consideración de ayuda de mínimisBeneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Dentro de cada convocatoria podrán ser objeto de las ayudas reguladas en la presente Orden las actuaciones realizadas por los beneficiarios que a continuación se relacionan:a) Revitalización comercial de cascos urbanos, con preferencia de los históricos, y que consistan fundamentalmente en:
1. Proyectos de inversión en áreas urbanas de marcado carácter comercial tendentes a concentrar la oferta de los establecimientos minoristas ubicados en las mismas, mediante mejora del equipamiento y remodelación de accesos.
2. Realización de estudios de viabilidad sobre áreas comerciales delimitadas.
b) Construcción o acondicionamiento y mejora de mercados de abastos, favoreciendo nuevos sistemas de gestión, dentro de las cuales se podrán subvencionar:
1. Construcción de mercados.
2. La renovación física de las instalaciones atendiendo a las características urbanísticas y arquitectónicas del mercado y su entorno, favoreciendo la puesta en marcha de nuevos servicios.
3. En general, proyectos de inversi‘n que supongan una transformación sustancial de su infraestructura, imagen, funcionamiento o gestión.
c) Proyectos de inversión para la adecuación física de espacios destinados a mercadillos de apertura periódica o mejora de los existentes.
Requisitos:
Las actuaciones subvencionadas deberían iniciarse en el plazo que señale la resolución de concesión.Dicho plazo no podrá exceder de seis meses, contados desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la aceptación de la subvención concedida.
Documentos asociados
Boletín:
25/01/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 16
Documento: Bases Reguladoras, Anexos y Convocatoria 2006 Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 16
Documento: Bases Reguladoras, Anexos y Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín:
31/07/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 146
Documento: Modificación Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 146
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín:
22/08/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 162
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 162
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento