Subvenciones a los Ayuntamientos de Andalucía en materia de Urbanismo Comercial.

Código de ayuda:

S02446/06

Norma:

ORDEN de 11 de enero de 2006. Orden de 5 de diciembre de 2002. RESOLUCION de 7 de julio de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/02/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, a los Ayuntamientos de Andalucía, para financiar proyectos municipales de adecuación urbanística y comercial de determinadas formas comerciales tradicionales, así como para elevar el grado de inserción de las estructuras comerciales en los procesos de planificación urbanística.

Categorías Subvención

  • Patrimonio Cultural y Arquitectura
  • Turismo y Hostelería
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda a conceder no podrá exceder del 50% del total de la inversión aprobada subvencionable, salvo en el caso de Entidades Locales cuyo número de habitantes sea inferior a 5.000 habitantes, en cuyo caso se podrá subvencionar una ayuda adicional de hasta 100.000 € que tendrá la consideración de ayuda de mínimis

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Dentro de cada convocatoria podrán ser objeto de las ayudas reguladas en la presente Orden las actuaciones realizadas por los beneficiarios que a continuación se relacionan:

a) Revitalización comercial de cascos urbanos, con preferencia de los históricos, y que consistan fundamentalmente en:

1. Proyectos de inversión en áreas urbanas de marcado carácter comercial tendentes a concentrar la oferta de los establecimientos minoristas ubicados en las mismas, mediante mejora del equipamiento y remodelación de accesos.

2. Realización de estudios de viabilidad sobre áreas comerciales delimitadas.

b) Construcción o acondicionamiento y mejora de mercados de abastos, favoreciendo nuevos sistemas de gestión, dentro de las cuales se podrán subvencionar:

1. Construcción de mercados.

2. La renovación física de las instalaciones atendiendo a las características urbanísticas y arquitectónicas del mercado y su entorno, favoreciendo la puesta en marcha de nuevos servicios.

3. En general, proyectos de inversi‘n que supongan una transformación sustancial de su infraestructura, imagen, funcionamiento o gestión.

c) Proyectos de inversión para la adecuación física de espacios destinados a mercadillos de apertura periódica o mejora de los existentes.

Requisitos:

Las actuaciones subvencionadas deberían iniciarse en el plazo que señale la resolución de concesión.
Dicho plazo no podrá exceder de seis meses, contados desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la aceptación de la subvención concedida.

Documentos asociados

Boletín: 25/01/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 16
Documento: Bases Reguladoras, Anexos y Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 31/07/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 146
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 22/08/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 162
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento