Subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria para adquisición de desfibriladores, hidrantes y otro material para uso en funciones de protección civil y emergencias y policía local.

Código de ayuda:

S06082/25

Norma:

Orden PRE/13/2025, de 11 de marzo.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones que conceda la Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa, con cargo a los créditos de sus presupuestos, de los gastos que realicen los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, para mejorar la dotación del material y equipamiento necesario para el uso en funciones de protección civil y emergencias y Policía Local, siempre que dichos gastos vayan dirigidos a sufragar alguno de los siguientes:

a) La adquisición de material y equipamiento para el uso en funciones de protección civil y emergencias.

b) La adquisición de desfibriladores para uso en funciones de protección civil y emergencias.

c) La adquisición e instalación de hidrantes en el término municipal.

d) La adquisición de material y equipamiento destinado a Policía Local.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación administrativa (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria. En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios quienes se hallaren en alguna de las circunstancias del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La adquisición de material y equipamiento destinado a la Policía Local que cumpla con las características establecidas en la legislación aplicable en materia de coordinación de las policías locales de Cantabria y demás normativa de aplicación. Serán subvencionables los gastos en medios materiales y técnicos inherentes para el mejor cumplimiento de las funciones de la policía local tales como, a título de ejemplo y sin que constituya "númerus clausus", armamento y defensa reglamentarios, medios de inspección y control, medios de señalización, medios de transmisión y comunicación, medios informáticos, medios de auxilio, medios de autoprotección, así como cualquier otro de análoga naturaleza que tenga relación directa con el objeto de la subvención. Sólo serán subvencionables aquellos gastos en medios materiales y técnicos que no constituyan un gasto corriente en bienes o servicios según la clasificación económica del gasto de las Administraciones Públicas.

b) La adquisición de material y equipamiento para el uso en funciones de protección civil y emergencias El material objeto de la subvención será todo aquel medio material y técnico que sea para el mejor cumplimiento de las funciones cuyas prestaciones estén directamente relacionadas con la protección civil y las emergencias tales como, a título de ejemplo y sin que constituya "númerus clausus", material de iluminación, material de señalización, megáfonos, equipos electrógenos, material para achique de agua en inundaciones, motobombas, equipos de intervención rápida en incendios (pronto socorros) desprovistos de remolque, vallas, material de comunicación y cualquier otro de análoga naturaleza que tenga relación directa con el objeto de la subvención. Sólo serán subvencionables aquellos gastos en medios materiales
y técnicos que no constituyan un gasto corriente en bienes o servicios según la clasificación económica
económica del gasto de las Administraciones Públicas.

c) La adquisición de desfibriladores para uso en funciones del ámbito de protección civil y emergencias.

d) La adquisición e instalación de hidrantes en el término municipal.

Documentos asociados

Boletín: 18/03/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 58
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento