Subvenciones a los Ayuntamientos para la promoción y el fomento de la correcta gestión de los residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria y residuos vegetales de poda y jardinería.

Código de ayuda:

S01855/25

Norma:

Orden AGM/9/2025, de 23 de enero.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. El objeto de la presente Orden es regular el procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a los Ayuntamientos, con una población de hasta 5.000 habitantes, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios recogidos en el Decreto 14/2006, de 16 de febrero, que contraten un servicio de recogida y tratamiento de:

a) Línea 1: Escombros procedentes de obra menor de construcción o reparación domiciliaria.

b) Línea 2: Residuos vegetales procedentes de poda y jardinería, triturados en origen.

2. El hecho subvencionable es la recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos hasta:

a) Línea 1: Instalación autorizada.

b) Línea 2: Instalación autorizada o gestión adecuada conforme al Anexo de esta orden.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

1. Podrán beneficiarse de las subvenciones reguladas en la presente Orden los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de La Rioja con una población de hasta 5.000 habitantes, según el último censo publicado por el INE en el año de la publicación de la convocatoria anual, que lleven a cabo las actuaciones previstas en el artículo 4 de esta orden.

2. Los beneficiarios de las ayudas, por su condición de Ayuntamientos, estarán exonerados de la acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de acuerdo al artículo 14.2.c) del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.

Documentos asociados

Boletín: 28/01/2025
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 18
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento