Subvenciones a los artesanos del Principado de Asturias para la asistencia a ferias y para cursos de perfeccionamiento profesional fuera del ámbito regional.
Código de ayuda:
S15128/05Norma:
Resolución de 29 de marzo de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/11/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Contribuir al perfeccionamiento profesional de los artesanos, al acceso de sus productos a nuevos mercados y a la mejora de la imagen exterior del conjunto de la artesanía asturiana, para lo cual se subvencionará la asistencia de dichos artesanos a cursos y ferias relacionadas con su actividad que se celebren fuera de nuestra Comunidad Autónoma.Categorías Subvención
Artesanía
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Comercio
Formación
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención podrá ascender hasta el 60% de los gastos subvencionables ampliándose dicho límite máximo hasta el 80% cuando las ferias o cursos se celebren en el extranjero.El importe máximo de la subvención en ningún caso podrá exceder los 9.000 euros por solicitante y año.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, residentes en Asturias que asistan a ferias o cursos de perfeccionamiento profesional celebrados fuera del ámbito regional y que estén inscritas o hayan cursado inscripción en el Registro de Artesanos del Principado de Asturias, regulado en el Reglamento de 31 de octubre de 2001 de desarrollo parcial del Decreto 88/94, de 5 de diciembre, por el que se regula la actividad artesana del Principado de Asturias, reuniendo las condiciones y aportando toda la documentación requerida para ello.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán ser subvencionables los gastos derivados de la participación de las empresas artesanas en ferias y cursos profesionales que se celebren en España o en el extranjero, exceptuándose las que se celebren en el Principado de Asturias.Estos gastos deberán dirigirse a alguno de los siguientes conceptos:
Para la asistencia a ferias:
1. Canon de ocupación de suelo.
2. Construcción de “stand” ferial.
3. Otros directamente relacionados con la participación en la feria como: alquileres de mobiliario, suministros, transporte de mercancías, intérpretes, etc.
4. Gastos de alojamiento y manutención, hasta un máximo de 200 euros por feria.
Para asistencia a cursos de perfeccionamiento profesional:
1. Derechos de matrícula y asistencia.
2. Compra de material destinado al curso.
3. Gastos de alojamiento y manutención, hasta un máximo de 200 euros por curso.
No serán objeto de subvención las ferias y cursos cuando los gastos subvencionables totales sean menores de 450 euros.
Documentos asociados
Boletín:
11/04/2005
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 82
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 82
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento