Subvenciones a los ayuntamientos de comarcas y zonas de montaña para la realizacion de operaciones necesarias para la limpieza de carreteras y vias de comunicacion de titularidad municipal afectadas por las nevadas.
Código de ayuda:
S67628/10Norma:
PTO/590/2010, de 17 de diciembre.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Dar apoyo a los ayuntamientos de comarcas y zonas de montaña en la realización de las operaciones necesarias para la limpieza de carreteras y vías de comunicación de titularidad municipal afectadas por las nevadas llevadas a cabo la temporada de nieve inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud y, más concretamente, en el periodo que se determinará en la convocatoria.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Transporte
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Política Territorial y Obras Públicas (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de las subvenciones será de un 60% del coste total de las actuaciones realizadas y justificadas en el momento de la solicitud.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los ayuntamientos de comarcas y zonas de montaña que como consecuencia de las nevadas hayan realizado operaciones de limpieza de las carreteras y vías de comunicación de titularidad municipal.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Son actuaciones o gastos subvencionables las siguientes:- Retirada de nieve, hielo y objetos que dificulten la correcta circulación.
- Adquisición, almacenaje y distribución de potasa o de otros productos anticongelantes.
- Adquisición de carburante para las máquinas de limpieza.
- Arrendamiento y puesta a punto de las máquinas de limpieza.
- Gastos en concepto de personal propio o ajeno.
Requisitos:
a) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Generalidad de Cataluña y la Administración General del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
23/12/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5781
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5781
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