Subvenciones a los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de La Rioja para la mejora de los sistemas de abastecimiento y el fomento del uso racional y eficiente del agua en pequeños y medianos municipios.
Código de ayuda:
S24519/24Norma:
Orden AGM/82/2024, de 12 de noviembre. Resolución 233/2025, de 14 de febrero.Plazo de Solicitud:
Hasta el 25 de abril de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva a los Ayuntamientos de La Rioja menores de 20.000 habitantes para la financiación de inversiones y actuaciones que tengan por objeto la mejora de los sistemas de abastecimientos locales y el fomento del uso racional y eficiente del agua en dichos municipios.Podrán solicitar las subvenciones que se regulan en el presente capítulo los Ayuntamientos, que dispongan de Ordenanzas municipales aplicadas al consumo de agua para sufragar los costes del agua entre ellos los de captación, potabilización, mantenimiento y reposición de las infraestructuras municipales de abastecimiento.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Desarrollo Rural
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente (La Rioja)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar las subvenciones que se regulan en las presentes bases los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de La Rioja con una población inferior a 20.000 habitantes que dispongan de Ordenanzas municipales aplicadas al consumo de agua para sufragar los costes del agua entre ellos los de captación, potabilización, mantenimiento y reposición de las infraestructuras municipales de abastecimiento¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Los gastos de inversión que tengan por objeto la ejecución de obras de mejora y renovación de sistemas de abastecimiento locales (captación, aducción, transporte hasta depósito y potabilización) que sirven a pequeños y medianos municipios que no puedan conectarse a un sistema de abastecimiento supramunicipal.b) Los gastos de inversión para la mejora y tecnificación de las instalaciones de abastecimiento y redes municipales, equipos de control y regulación de caudales, tele gestión del agua en la instalaciones y redes municipales. Así como inversiones en los sistemas de abastecimiento para la mejora de la eficiencia, la reducción de pérdidas en redes de distribución y depósitos, mejora de las condiciones sanitarias y de seguridad, cuyo efecto se traduzca en un importante ahorro de agua, energía y mayores garantías de salud.
c) Aquellos que respondan a actuaciones preparatorias de la actuación principal tales como estudios y diagnósticos de la red y de detección de fugas, honorarios de los profesionales intervinientes, el coste de redacción de los proyectos o memorias valoradas de obras, y, en su caso, el visado por el Colegio profesional correspondiente, informes técnicos y certificados precisos. Estos gastos no podrán superar el ocho por ciento del presupuesto de ejecución material del proyecto. Para ser considerados subvencionables estos gastos deberán indicarse en la solicitud, ya sea en el proyecto de obras o en la memoria valorada de las actuaciones a ejecutar.
Documentos asociados
Boletín:
14/11/2024
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 224
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
24/02/2025
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 38
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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24/02/2025
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Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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