Subvenciones a los centros escolares del término de Felanitx.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S43973/11Norma:
Felantix, dia 8 de setembre de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/09/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de subvenciones económicas que concederá el Ayuntamiento de Felanitx durante el año 2011 destinadas a los centros escolares ubicados en el municipio de Felanitx, para la compra de material necesario para paliar las carencias de los alumnos con menor poder adquisitivo.Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Ayuntamiento de Felanitx. (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención se determinará en base a la puntuación obtenida,de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base quinta.
La cuantía de la subvención no podrá ser superior, aisladamente o en
concurrencia con otras ayudas o subvenciones de cualquier procedencia, al coste de la actividad subvencionable.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los centros escolares del término de Felanitx, siempre que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La compra de material necesario para paliar las carencias de los alumnos con menor poder adquisitivo en centros escolares.Requisitos:
a) Ser entidades legalmente constituidas, y reconocidas.b) Impartir enseñanzas de los ciclos: infantil (3-6 años), primaria (6-12
años), y / o secundaria (12-16 años).
No podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones, las personas o entidades que se encuentren en cualquiera de las situaciones que se indican en el artículo 13 Ley 38/2003. En particular cabe destacar el hecho de no encontrarse al corriente de pago de las deudas con el Ayuntamiento y del pago de las obligaciones derivadas del reintegro de subvenciones.
a / Ser entidades legalmente constituidas, y reconocidas.
b / Impartir enseñanzas de los ciclos: infantil (3-6 años), primaria (6-12
años), y / o secundaria (12-16 años).
No podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones, las personas
o entidades que se encuentren en cualquiera de las situaciones que se indican en
el artículo 13 Ley 38/2003. En particular cabe destacar el hecho de no encontrarse al
corriente de pago de las deudas con el Ayuntamiento y del pago de las obligaciones
derivadas del reintegro de subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
15/09/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 138
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 138
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento