Subvenciones a los centros privados concertados que impartan el sistema de enseñanza en lenguas extranjeras para apoyar la contratación de auxiliares de conversación de lenguas extranjeras.- Convocatoria 2018.
Código de ayuda:
S17519/18Norma:
Decreto n.º 32/2018, de 11 de abril.Plazo de Solicitud:
Concesión directa.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Este decreto tiene por objeto establecer las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones a los centros privados concertados de la Región de Murcia que impartan el Sistema de Enseñanza en Lenguas Extranjeras (SELE) para apoyar la contratación de auxiliares de conversación de lenguas extranjeras en los mismos, durante el periodo de enero a diciembre de 2018.Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejo de Gobierno (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.- La Consejería de Educación, Juventud y Deportes aportará a los centros privados concertados que imparten el Sistema de Enseñanza en Lenguas Extranjeras, relacionados en el Anexo I, la cantidad de trescientos mil euros (300.000,00 €).2.- La dotación de esta subvención directa es una cantidad anual que se adjudicará a todos los centros concertados de la Región de Murcia que imparten el Sistema de Enseñanza en Lenguas Extranjeras prorrateando la cantidad total de 300.000 € entre todos los centros en función de la modalidad de SELE impartida y del número de grupos en los que se imparta este sistema de enseñanza.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Serán beneficiarios de esta subvención todos los centros concertados de la Región de Murcia que impartan el Sistema de Enseñanza en Lenguas Extranjeras (SELE) que contraten auxiliares de conversación de lenguas extranjeras, que sean nativos de países de habla inglesa o francesa, o que acrediten al menos un nivel de competencia lingüística equivalente al C1 de la lengua correspondiente.Requisitos:
No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado.
Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
No estar incursa en las restantes circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La acreditación de este requisito se realizará mediante la presentación de una declaración responsable, con carácter previo a la concesión de la subvención.
La acreditación de los requisitos establecidos en los apartados a), b) y c) de este artículo, se realizará, bien mediante los certificados administrativos correspondientes, o en su caso, mediante la presentación de declaración responsable.
Conforme a lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, se presumirá que la consulta, por la Administración, u obtención de los certificados acreditativos del cumplimiento de los requisitos anteriores es autorizada por los interesados, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
Documentos asociados
Boletín:
17/04/2018
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 87
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 87
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento