Subvenciones a los consejos comarcales en materia de informacion y defensa de las personas consumidoras y usuarias - modificación.
Código de ayuda:
S58564/07Norma:
ORDEN ECF/293/2007, de 12 de julio. ORDEN ECF/450/2007, de 13 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/09/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudar a los consejos comarcales a que realicen actividades de información y defensa de las personas consumidoras y usuarias durante el año establecido en cada convocatoria.Categorías Subvención
Consumo
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/9.png)
Convoca:
Generalitat de Cataluña (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe total de las subvenciones otorgadas no podrá exceder los 450.000 euros, que irán a cargo de la partida presupuestaria D/6170.460.0001.00/4610.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los consejos comarcales que realizan tareas de información y defensa de las personas consumidoras y usuarias mediante las correspondientes oficinas de información a las personas consumidoras que reúnan las condiciones siguientes:a) Que las oficinas estén abiertas al público con un letrero que identifique de forma clara la oficina de información a las personas consumidoras.
b) Que puedan facilitar a las personas consumidoras y usuarias consultantes información sobre sus derechos y la forma de ejercerlos.
c) Que atiendan las consultas, reclamaciones y denuncias de las personas consumidoras y usuarias.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán ser objeto de subvención los programas de actividades y funcionamiento llevados a cabo durante el periodo de noviembre del año anterior hasta octubre del ejercicio en curso. En el caso del ejercicio 2007 serán subvencionables los gastos de enero a octubre.Los programas tendrán que ser en relación con la protección y defensa de las personas consumidoras
y usuarias siguientes:
1. Con carácter preferente, por orden de prelación:
a) Actuaciones de colaboración con organizaciones de consumidores.
b) Actividades de información, orientación y asistencia técnica a las personas consumidoras y usuarias.
c) Gestión de mediaciones.
d) Otras actuaciones de interés en relación con la protección y defensa de las personas consumidoras
y usuarias.
2. Con carácter complementario:
Los gastos de funcionamiento general de las oficinas de información a las personas consumidoras y usuarias.
Documentos asociados
Boletín:
08/08/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4943
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4943
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín:
07/12/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5024
Documento: Modificación Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5024
Documento: Modificación Descargar Documento