Subvenciones a los programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios y de Talleres de Empleo, en el ambito exclusivo de gestion del citado Servicio, de proyectos en colaboracion con organos de la Administracion General del Estado.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S27191/12

Norma:

Resolución de 2 de julio de 2012. Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo. Resolución de 31 de julio de 2013. Resolución de 4 de marzo de 2014. Resolución de 9 de marzo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/06/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de proyectos de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo, en el ámbito exclusivo de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal de proyectos en colaboración con órganos de la Administración General del Estado.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Empleo y Seguridad Social ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.

b) Entidades locales, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.

c) Consorcios.

d) Corporaciones y asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios y de Talleres de Empleo.

Requisitos:

Además de los requisitos establecidos con carácter general en la normativa reguladora de estas subvenciones, los proyectos que se presenten al amparo de esta convocatoria deberán cumplir con lo establecido en el artículo 13.h).2 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, por lo que deberán ser programas para la mejora de la ocupación de los demandantes de empleo mediante la realización de acciones formativas y ejecución de obras y servicios de interés general relativas a competencias exclusivas del Estado.

Documentos asociados

Boletín: 01/04/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 78
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 18/07/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 171
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 05/09/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 213
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 21/04/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 96
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 18/05/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 118
Documento: Convocatoria 2015 Descargar Documento