Subvenciones a municipios, mancomunidades de municipios y comarcas para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integracion de inmigrantes.

Código de ayuda:

S58755/08

Norma:

RESOLUCION de 11 de agosto de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/09/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Realización de programas de carácter innovador que fomenten la integración de los inmigrantes,
entendiendo por tales aquellos que ofrezcan actuaciones y/o metodologías nuevas, que mejoren las existentes o introduzcan nuevas formas de intervención social, que faciliten la inclusión social, prevengan situaciones de riesgo y promuevan la convivencia ciudadana en el entorno local.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Trabajo e Inmigración ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las subvenciones que se convocan por la presente Resolución podrán ser solicitadas por aquellas entidades locales (municipio, mancomunidad de municipios o comarca)

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programas de carácter innovador que potencien la inclusión social, la convivencia ciudadana, y la participación de personas inmigrantes en el entorno local, con especial atención a las mujeres y los jóvenes
inmigrantes.

b) Programas de intervención social integral en barrios, o zonas con alto índice de población inmigrante, orientados a la prevención y el tratamiento de situaciones de infravivienda, hacinamiento o riesgo de segregación urbana.

c) Programas dirigidos a la prevención de conductas discriminatorias, racistas y xenófobas y programas de sensibilización dirigidos a la población en general.

Requisitos:

Carácter innovador de los programas, según lo descrito en el artículo 2 de esta Resolución.

Aportación de al menos el 20 % del coste total del programa por la entidad solicitante.

Número de personas empadronadas igual o superior a 5.000 habitantes.

Porcentaje de extranjeros no comunitarios empadronados igual o superior al 6 % del total del padrón.

Documentos asociados

Boletín: 01/09/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 211
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento