Subvenciones a obras de adaptación funcional de edificios, viviendas y establecimientos públicos para su uso por personas con discapacidad.- Convocatoria 2014.- Corrección de errores de la ayuda.
Código de ayuda:
S35619/14Norma:
En Logroño, 9 de julio de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar las actuaciones privadas tendentes a la adaptación funcional de las viviendas y de los elementos comunes de los edificios residenciales con objeto de lograr la implantación de la accesibilidad universal y, sobre todo, en aquellos en los que habitan personas con discapacidad, y las obras de reforma parcial de locales abiertos al público cuya directriz única y exclusiva se dirija a suprimir las barreras de accesibilidad y movilidad que obstaculice la autonomía de recorridos para las personas discapacitadas, sean empleados o usuarios en potencia.Categorías Subvención
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
La Rioja
Convoca:
Ayuntamiento de Logroño (La Rioja)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
En ningún caso el importe de ayudas concedido a las obras será superior a 8.000,00 euros porpromotor y edificio en cada anualidad presupuestaria.
La cuantía de las ayudas se calculará a partir de los siguientes porcentajes:
• Obras de adaptación de vivienda o elementos privativos: 50%.
• Obras de adaptación de elementos comunes: 20%.
• Obras de adecuación y adaptación de establecimientos públicos: 20%.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Comunidades de bienes / propietarios
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
1. Las personas mayores de edad discapacitadas o, en su caso, padres o tutores, que residan enel municipio de Logroño y tenga su residencia habitual en el inmueble en el que se van a
acometer las obras de adaptación.
2. Las comunidades de propietarios o propietarios de todo el edificio, en las que al menos uno de los vecinos padezca discapacidad física con movilidad reducida y tenga su residencia habitual en el inmueble.
3. Las personas físicas o jurídicas titulares de las actividades que se ejercen en los
establecimientos abiertos al público en los que se prevé la ejecución de obras de adaptación.
4. En todo caso será potestad de la Corporación, previo informe razonado, la concesión de la
ayuda a la persona promotora de la obra, aunque se trate de elemento común, siempre que se
justifique la utilización privativa del mismo y su abono íntegro por el discapacitado promotor.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Obras de adaptación funcional de viviendas : Obras de reforma en el interior de una vivienda limitándose a aquellos conceptos única y específicamente dirigidos a procurar su adaptación funcional justo en la medida requerida por la discapacidad que padece la persona que en ella reside.2. Obras de adaptación funcional de los elementos comunes de edificios de viviendas : Obras de
reforma en los recintos comunes de los edificios de viviendas limitándose a aquellos conceptos
única y específicamente dirigidos a procurar la adaptación de sus recorridos en la medida
requerida para conseguir la conveniente autonomía funcional en materia de movilidad de las
personas con discapacidad o a los requisitos especiales circunstancialmente exigidos por la
discapacidad concreta de alguno de sus vecinos.
3. Obras de adaptación funcional de establecimientos abiertos al público : Obras con presupuesto protegible superior a 1.500 euros, de reforma o acondicionamiento de establecimientos abiertos al público limitándose a aquellas cuyo objeto único y específico sea procurar su adaptación funcional justo en la medida requerida por la discapacidad de alguno de sus empleados, o que realizadas en las zonas abiertas al público sean de adaptación en la medida requerida para conseguir la completa autonomía funcional en materia de movilidad de las
personas con discapacidad potenciales usuarios del establecimiento. Quedan excluidas las obras de primer acondicionamiento o de reforma completa de locales o establecimientos públicos.
Documentos asociados
Boletín:
14/07/2014
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 87
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
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Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín:
11/08/2014
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 100
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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