Subvenciones a organizaciones de ámbito de actuación superior a más de una comunidad autónoma para la realización de actuaciones relacionadas con el fomento de la producción ecológica.- Convocatoria año 2015.
Código de ayuda:
S26664/15Norma:
Orden AAA/973/2015, de 21 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/06/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
La realización de actuaciones cuyo ámbito territorial supere al de una comunidad autónoma relacionadas con el fomento de la producción ecológica, destinadas a:a) La formación y el asesoramiento de agricultores, ganaderos, industriales, y otros profesionales del sector en técnicas de producción y transformación de alimentos ecológicos, así como en el acceso a los mercados ligados a estos productos.
b) Los servicios de consultoría mediante el desarrollo de iniciativas para conseguir una mejor caracterización del sector ecológico en todos los eslabones de la cadena agroalimentaria, a través de estudios de caracterización de la producción, de la comercialización y del consumo de productos ecológicos.
c) La ejecución de actividades de formación, incluyendo la información, para incrementar el nivel de conocimiento por los consumidores sobre este particular modelo productivo así como estimular el consumo de alimentos ecológicos fomentando nuevos hábitos al respecto.
d) La presencia en ferias y certámenes de referencia para el sector, tanto en el ámbito nacional como internacional.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Asociacionismo y Voluntariado
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones sin ánimo de lucro, de ámbito de actuación superior a más de una comunidad autónoma, que ejecuten alguna de las actividades recogidas en el artículo 1, siempre que los fines sociales, recogidas en sus estatutos, no sean contradictorios con las actividades a ejecutar, y que la organización se haya constituido con al menos 2 años de anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.No podrán ser beneficiarias las entidades de derecho público y, en particular, quedan excluidas del ámbito de aplicación de estas subvenciones los partidos políticos, universidades y colegios profesionales.
Documentos asociados
Boletín:
27/05/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 126
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 126
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento