Subvenciones a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), para la financiación de proyectos de acción humanitaria de ayuda a las víctimas de desastres naturales y conflictos armados, o a poblaciones en situación de vulnerabilidad extrema.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S15537/23

Norma:

RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2023. Orden 2/2021, de 26 de mayo. RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de abril de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y con cargo al presupuesto de la Generalitat del ejercicio 2023, para la financiación de gastos corrientes y de inversión, de proyectos
de acción humanitaria de ayuda a las víctimas de desastres naturales y conflictos armados, o a poblaciones en situación de vulnerabilidad extrema, destinadas a ONGD. Las actuaciones subvencionables en esta convocatoria consistirán en proyectos de acción humanitaria que cumplan lo estipulado en el apartado resolutivo cuarto de la convocatoria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán beneficiarse de estas subvenciones, las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), individualmente, o en agrupación con otra u otras ONGD, que cumplan los requisitos recogidos en el apartado resolutivo quinto de la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones a subvencionar en la presente convocatoria consistirán en proyectos de acción humanitaria, que deberán responder a la finalidad objeto de la convocatoria y se tienen que enmarcar en los principios de la acción humanitaria reconocidos internacionalmente y podrán ser:

– Actuaciones, en contextos de crisis humanitaria crónica o prolongada en el tiempo, orientadas a garantizar la subsistencia, sentar las bases de su posterior recuperación y la prevención de desastres, así como a defender la dignidad y la protección de los derechos humanos de la población en situación de extrema vulnerabilidad, como consecuencia de los efectos del clima, de desastres naturales y de conflictos armados, y de la población refugiada y desplazada interna por dichos motivos.

– Actuaciones de asistencia a mujeres y población infantil víctimas de violencia sexual y de género, mutilación genital femenina, trata de mujeres y niñas y otras agresiones producidas en movimientos transfronterizos o en el seno de sus países de origen, dirigidas a prevenir, reducir el riesgo, promover la resiliencia, protección de derechos, fortalecimiento de servicios especializados y provisión de atención integral.

– Actuaciones de postemergencia encaminadas a la rehabilitación y reconstrucción de las infraestructuras físicas, económicas y sociales, y la prevención y reducción de la situación de vulnerabilidad de comunidades y poblaciones víctimas de desastres del tipo que fuere.

Requisitos:

a) Los exigidos en el artículo 11 de la LGS.

b) Acreditar que disponen de capacidad financiera y de gestión para realizar el proyecto subvencionable.

c) Estar inscritas en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunitat Valenciana, mediante resolución del órgano competente, antes del 1 de enero de 2022.

d) Tener sede, domicilio social o delegación permanente en la Comunitat Valenciana, inscrita en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunitat Valenciana.

e) Contar con base social (personas asociadas, afiliadas o personas colaboradoras en caso de fundaciones) de la ONGD en la Comunitat Valenciana: se debe de acreditar un número mínimo de 15 personas entre todas estas categorías, que tengan residencia en la Comunitat Valenciana.

f) La entidad tiene que haber desarrollado 10 actividades en el ámbito de la difusión de los ODS, sensibilización o educación para la ciudadanía global en la Comunitat Valenciana durante los 5 años anteriores a la presente convocatoria. Se entiende por actividad: una formación, un taller, una exposición, una charla o actividades análogas. Se consideran actividades diferenciadas la misma actuación desarrollada en diferentes zonas. No se tendrán en cuenta las actividades en línea cuando la
mayoría de los participantes no sean de la Comunitat Valenciana. No se considerarán las actividades de difusión en redes sociales del trabajo de la entidad.

g) Acreditar experiencia en la realización, individualmente o en agrupación con otras ONGD, de al menos dos proyectos ejecutados de acción humanitaria, en terceros países, financiados por administraciones
públicas o por entidades privadas, que financian proyectos de acción humanitaria. En el supuesto de que se aporte como experiencia proyectos financiados solo por entidades privadas, la financiación de cada
proyecto por parte de este tipo de entidades tiene que ser de al menos 10.000 euros. Se excluyen los proyectos financiados solo con los fondos propios de la entidad solicitante.

Documentos asociados

Boletín: 28/05/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9095
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/03/2023
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9553
Documento: Convocatoria 2023 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 14/03/2023
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Boletín: 20/07/2023
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9644
Documento: Ampliación plazo resolucion Descargar Documento