Subvenciones a organizaciones sindicales y asociaciones empresariales, y otras instituciones y asociaciones sin animo de lucro que desarrollen proyectos y programas en salud laboral en el ambito de la Comunidad Foral de Navarra durante el año 2008.
Código de ayuda:
S30219/08Norma:
RESOLUCION 43/2008, de 9 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/05/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones a organizaciones sindicales y asociaciones empresariales, y otras instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollenproyectos y programas en salud laboral en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra durante el año 2008, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo de esta Resolución.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Prevención Riesgos Laborales
Recursos Humanos
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Salud (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las subvenciones previstas en esta convocatoria se dirigen a organizaciones sindicales y asociaciones empresariales, así como a instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen acciones oprogramas de salud laboral en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra durante el año 2008.
Podrán concurrir a la modalidad a) las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales y las entidades en las que participen conjuntamente dichas organizaciones y asociaciones, y que desarrollen
acciones o programas de salud laboral en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
Podrán concurrir a la modalidad b) las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales y las entidades en las que participen conjuntamente dichas organizaciones y asociaciones, relacionadas con el
sector de la construcción y que desarrollen acciones o programas de salud laboral en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
Podrán concurrir a la modalidad c) las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales, así como otras instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen acciones o programas de salud laboral en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Modalidades:A los efectos previstos en la presente convocatoria se establecen las siguientes modalidades de proyectos subvencionables:
a) Proyectos sobre riesgos laborales prioritarios.
b) Proyectos de seguridad y salud en la construcción.
c) Investigación y actuaciones en salud laboral.
La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a organizaciones sindicales y asociaciones empresariales, y otras instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos y programas en salud laboral en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra durante el año 2008.
Mediante la concesión de las subvenciones citadas se persigue fomentar y promover la realización de acciones específicas destinadas al desarrollo de programas de salud laboral, por parte de instituciones
y asociaciones sin ánimo de lucro y de otras entidades sindicales y empresariales. Para su concesión se tendrán en cuenta las directrices que, en el marco general de la política sanitaria, establece el Departamento de Salud, de modo que se promuevan aquellas acciones cuya finalidad coincida con el cumplimiento de líneas de actuación del Instituto Navarro de Salud Laboral y del marco normativo en materia de seguridad y salud en el trabajo.
No son objeto de la presente convocatoria de subvenciones la organización de jornadas, congresos, convocatoria de premios o el desarrollo de acciones formativas aisladamente consideradas.
Tampoco serán subvencionadas las acciones concretas de empresas a las que estén obligadas en virtud de disposiciones legales, así como las acciones dirigidas únicamente a una empresa o a un grupo empresarial.
Serán subvencionables los siguientes gastos:
a) Los gastos de actividad, material fungible y personal directamente relacionados con el objeto del proyecto o programa presentado.
b) Podrán financiarse igualmente, los gastos generales de funcionamiento, administración y gestión que estén directa y específicamente relacionados con el proyecto o programa a desarrollar, hasta un máximo
del 5 por 100 de la cuantía subvencionada.
c) La financiación máxima dedicada al personal no técnico no podrá superar el 20 por 100 de los gastos de personal subvencionados.
d) En ningún caso se financiará la compra de material inventariable o inversión en activos fijos.
Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, dedeberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación
de tales fondos a las actividades subvencionadas.
Requisitos:
1.- Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en estas bases reguladoras, según las diferentes modalidades previstas, las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales, así como otras instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen acciones o programas de salud laboral en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. Las entidades que concurran a esta convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:a) Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en alguno de los siguientes registros:
−Registro de Asociaciones Profesionales del Departamento de Innovación, Empresa y Empleo del Gobierno de Navarra.
−Registro de Asociaciones, dependiente del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra.
−Cualesquiera otros registros que pudieran corresponder.
b) Carecer de fines de lucro.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral
de Navarra o sus Organismos Autónomos, o en su defecto, haber llegado a un acuerdo con las entidades citadas para el pago aplazado o fraccionado.
d) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.
Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.
2.- Los proyectos para los que se solicite la subvención deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ajustarse al objeto, finalidad y principios que se señalan en la presente convocatoria.
b) Contar con infraestructura y recursos suficientes, propios o de otras fuentes, que garanticen la viabilidad de la ejecución del proyecto.
c) Contar para el desarrollo del proyecto con la participación de, al menos, un profesional autorizado para desarrollar las funciones del nivel superior en alguna de las especialidades y disciplinas preventivas
descritas en el artículo 37 del Reglamento de los Servicios de Prevención aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.
Documentos asociados
Boletín:
25/04/2008
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 52
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 52
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento