Subvenciones a otorgar a las organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas.

Código de ayuda:

S18828/20

Norma:

ORDEN de 15 de mayo de 2020. RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de julio de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas a organizaciones sindicales con implantanción en la Comunidad Autónoma de Extremadura que no ostentan la condición de más representativas para sufragar los gastos corrientes producidos en la Comunidad Autónoma de Extremadura en que incurran como consecuencia de sus actividades sindicales, promoción sociolaboral y formativas de los trabajadores durante el ejercicio presupuestario en que sea publicada la presente convocatoria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Hacienda y Administración Pública. (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Dada la finalidad de la ayuda y la naturaleza de los gastos subvencionables, se considera que el resarcimiento de los gastos en que incurran las organizaciones sindicales como consecuencia de sus actividades sindicales debe ser proporcional a su índice de representatividad, y por ello la cuantía de la subvención a conceder a cada una de las Organizaciones Sindicales que, habiendo presentado la correspondiente solicitud en tiempo y forma, reúnan los requisitos exigidos por esta orden, se efectuará prorrateándose el mismo en función del número de representantes obtenidos en las elecciones a miembros de Comités de Empresas, Delegados de Personal y Juntas de Personal a fecha 31 de diciembre del año anterior al de la convocatoria, y con el límite máximo de los gastos subvencionables justificados conforme a lo dispuesto en el artículo 10 y 11 de la presente orden.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarias de estas ayudas las organizaciones sindicales con implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura que no ostentan la condición de más representativas en virtud de lo dispuesto por la Ley 3/2003, de 13 de marzo, de Participación Institucional de los Agentes Sociales más representativos y que cuenten con implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura con arreglo a los criterios de representatividad que se deriven del correspondiente certificado expedido por la Dirección General de Trabajo de la Junta de Extremadura sobre la información disponible de las beneficiarias a 31 de diciembre del año anterior al de la convocatoria.

Documentos asociados

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