Subvenciones a pequeñas empresas.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S23837/11Norma:
Alcobendas, a 1 de abril de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/05/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a pequeñas empresas para la dinamización y modernización empresarial y comercial del distrito Centro (Proyecto Urban).Categorías Subvención
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Otras
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Ayuntamiento de Alcobendas (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las pequeñas empresas, constituidas con anterioridad a la fecha de solicitud de la subvención, que tengan su domicilio social y que desarrollen su actividad en el Distrito Centro.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán objeto de subvención las siguientes acciones:1. Instalación de equipos informáticos específicos para la gestión empresarial.
2. Dentro de este concepto se incluye la inversión en programas, terminales de punto de venta, balanzas electrónicas y similares (se excluyen específicamente los gastos de mantenimiento).
3. Adquisición de mobiliario específico para la actividad.
4. Realización de obras o reformas del local comercial, instalación de aire acondicionado, calefacción, etcétera, excluyendo reformas de fachadas. Las obras o reformas han de suponer una mejora sustancial del local comercial, una modernización, es decir, no se subvencionarán obras destinadas a la reparación, mantenimiento, etcétera.
5. Instalación de equipos de seguridad del local.
Requisitos:
1.- Quedan excluidas en estas ayudas las siguientes actividades: salas de baile y fiestas con o sin espectáculo, discotecas, salas de conciertos, cafés-teatros y bares especiales (whisquerías, clubes, barras americanas y bares de copas o similares), por no ser estas actividades económicas motoras en la zona.2.- No podrán ser beneficiarias las entidades anteriores en las que concurra alguna de las circunstancias que se determinan en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Tendrán la consideración de pequeñas empresas aquellas que cumplan los siguientes requisitos:
— Tener hasta 15 trabajadores, siendo computable a estos efectos el trabajador autónomo.
— Tener un volumen de negocio inferior a 2.000.000 de euros.
— Disponer de un local comercial cuya superficie útil de exposición y venta sea inferior a 300 metros cuadrados.
— Acreditar no estar vinculados o participados por empresas, franquicias o cadenas de distribución que no cumplan cualquiera de los requisitos anteriores.
Documentos asociados
Boletín:
26/04/2011
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 97
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 97
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento