Subvenciones a pequeños municipios y a entidades locales menores para la accesibilidad en la red viaria y en otros espacios de uso público, correspondiente a la anualidad 2025.

Código de ayuda:

S04891/25

Norma:

Resolución 190/2025, de 4 de marzo. Orden 5/2017, de 22 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de abril de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2025 la concesión de subvenciones a los municipios y a las entidades locales menores, para la mejora de la accesibilidad en la red viaria y en otros espacios de uso público, para la ejecución de las siguientes actuaciones de mejora de la accesibilidad en la red viaria municipal y en otros espacios de uso público:

- Adaptaciones en la urbanización: ensanchamiento y rebaje de aceras, transformación en calle de plataforma única, construcción de vados, pasarelas peatonales o rampas, instalación de barandillas o pasamanos y cerramiento de alcorques.

- Reserva de plazas de aparcamiento con movilidad reducida.

- Instalación de mobiliario urbano adaptado para personas con alguna discapacidad: bancos, fuentes, marquesinas y semáforos sonoros.

- Señalización especial para personas con discapacidad intelectual o con dificultades de comprensión.

- Edificios municipales de uso público: eliminación de barreras arquitectónicas y creación de un itinerario accesible.

- Otras que se justifiquen por circunstancias singulares de carácter objetivo.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Transporte

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

CONSEJERÍA DE POLÍTICA LOCAL, INFRAESTRUCTURAS Y LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones todos los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja y las cuatro entidades locales menores reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma, respetando el ámbito de las competencias que en cada caso tengan atribuidas. Además, para ser beneficiarios habrán de cumplir el requisito establecido en el artículo 2.2 de la Orden reguladora.

Documentos asociados

Boletín: 29/09/2017
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 113
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 06/03/2025
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 45
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 06/03/2025
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 45
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 07/03/2025
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 46
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento