Subvenciones a personas fisicas y personas juridicas privadas del sector de la musica, las artes escenicas y los audiovisuales, para la participacion en ferias, festivales y eventos profesionales que se celebraran en 2013 fuera del ambito territorial del euskera.- Convocatoria 2013.- Incremento importe.

Código de ayuda:

S29491/13

Norma:

RESOLUCION de 9 de julio de 2013. RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/09/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el procedimiento para la adjudicación de subvenciones a profesionales del sector de la música, las artes escénicas y los audiovisuales, para la participación en ferias, festivales o eventos profesionales que se celebrarán en 2013 fuera del ámbito territorial del euskera.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

INSTITUTO VASCO ETXEPARE EUSKAL INSTITUTUA / BASQUE INSTITUTE (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Para los audiovisuales, cincuenta y dos mil (52.000) euros.

b) Para el sector de la música, diez mil (10.000) euros.

c) Para las artes escénicas, diez mil (10.000) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

La persona física o jurídica privada.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Capítulo II - Música.

Capítulo III - Artes escénicas.

Capítulo IV - Audiovisuales.

Requisitos:

a) Ser persona física o jurídica privada con sede social y domicilio en la Comunidad Autónoma Vasca. Cuando el idioma vehicular de la obra expuesta o puesta a la venta en el mercado sea el euskera, podrán presentarse también personas físicas o jurídicas con sede social o domicilio dentro del ámbito territorial del euskera.

b) Estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente a la actividad que se vaya a realizar, antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 26/07/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 142
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 29/10/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 206
Documento: Incremento Importe Global Máximo. Descargar Documento