Subvenciones a planes de actuación de los agentes de dinamización de clústeres.
Código de ayuda:
S04846/25Norma:
Resolución EMT/675/2025, de 27 de febrero. Resolución EMT/815/2025, de 9 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 10 de abril de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de estas bases es regular la concesión de la linea de subvenciones a planes de actuación de losagentes de dinamización de los clústeres.
Categorías Subvención
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Creación nuevas empresas
Empleo
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Empresa y Trabajo (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la ayuda será de un máximo del 75 % del gasto subvencionable aceptado.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarios de estas ayudas los clústeres con acreditación vigente dentro del marco de laacreditación de clústeres para el período 2024-2026 y que hayan cumplido con todas las obligaciones
establecidas en la Resolución EMT/510/2024, de 22 de febrero, por la que se establecen los requisitos y el
procedimiento para la acreditación de clústeres para el período 2024-2026 en el marco del programa Catalunya Clústers.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Gastos de contratación de servicios a terceros y gastos externos.b) Horas de dedicación del personal en nómina del clúster.
c) Gastos relacionados con la movilidad personal, únicamente para aquellas actuaciones que tengan por
objeto la capacitación de los miembros del equipo del clúster, tales como la participación en el Strategic Training organizado por ACCIÓ, la asistencia a las conferencias de la asociación The Competitiveness Institute (TCI) o la capacitación en proyectos europeos y siempre que esta tipología de gastos sea necesaria para el cumplimiento del objeto de la subvención. Para estas actuaciones se consideran subvencionables los gastos de desplazamiento (billetes avión o tren) y alojamiento de los viajes de la persona que participa en nombre del clúster.
Requisitos:
a) Dar empleo, al menos, a un 2% de personas trabajadoras con discapacidad sobre el número total depersonas trabajadoras de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que disponen el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social; el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad y el Decreto 86/2015, de 2 de junio, sobre la aplicación de la cuota de reserva del 2% a favor de personas con discapacidad en empresas de 50 o más personas trabajadoras y de las medidas alternativas de carácter excepcional a su cumplimiento.
b) Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat y las obligaciones ante la Seguridad Social, y no tener deudas con ACCIÓ ni sus empresas participadas. Este cumplimiento deberá mantenerse a lo largo de todo el procedimiento: en el momento de presentación de la solicitud, previamente a la resolución de concesión, y antes de recibir cualquier pago.
c) No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden adquirir la condición de beneficiaria,
previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (BOE n.º 276, de 18.11.2003).
d) Indicar, de acuerdo con los agentes sociales, los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista. Este requisito solo será de aplicación en el caso de empresas con una plantilla igual o superior a veinticinco personas.
e) No haber sido sancionadas, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de
integración laboral de discapacitados o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de
seguridad y salud en el trabajo, durante el año anterior a la convocatoria, de conformidad con el Texto
refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, o, si han sido sancionadas, hayan aplicado las medidas correctoras previstas y abonado las cantidades requeridas por este concepto.
f) Disponer de un sistema de organización y gestión de la prevención, de acuerdo con la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales; el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; así como las posteriores modificaciones introducidas por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de Reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
g) Cumplir la obligación de respetar la igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral y, a tal fin, adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres. En el caso de las empresas de más de 50 trabajadores, se deberá elaborar y aplicar con carácter obligatorio un Plan de igualdad, de acuerdo con lo que establece el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en la redacción dada por el Real Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
h) En el caso de que la solicitante sea una fundación o una asociación, haber adaptado los estatutos según la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la anterior.
i) En el caso de que el solicitante sea una fundación, haber cumplido el deber de presentar las cuentas
anuales ante el protectorado, de acuerdo con el artículo 336-3 del Libro Tercero del Código Civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.
j) No haber superado la cantidad máxima de 300.000,00 euros de ayudas de minimis que puede recibir una
empresa en el período de 3 años anteriores a la concesión de la ayuda.
k) En el caso de que la solicitante sea una entidad sin ánimo de lucro, estar inscrita en el registro
correspondiente.
l) No haber sido condenadas en sentencia firme ni la persona jurídica solicitante ni las personas físicas adscritas a la ejecución de la actividad subvencionada por algún delito contra la libertad y la indemnidad sexual, así como por tráfico de seres humanos con finalidad de explotación sexual, incluida la pornografía, de conformidad con la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, en la redacción dada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia.
m) No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o género, de acuerdo con lo que establece el artículo 11.1 de la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
n) Cumplir cualquier otra obligación legal o reglamentaria que les pueda afectar como solicitantes de una
subvención a otorgar por una administración pública.
Documentos asociados
Boletín:
05/03/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9364
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9364
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
12/03/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9369
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9369
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento