Subvenciones a profesionales de las artes escénicas y musicales para el desarrollo de proyectos de mediación escénica, estableciendo sus normas de funcionamiento y participación.

Código de ayuda:

S49500/21

Norma:

Resolución de 22 de septiembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de octubre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la difusión de las artes escénicas y musicales contemporáneas, la creación artística, las prácticas empresariales, el desarrollo económico del sector mediante el apoyo a proyectos de mediación en el ámbito de las artes escénicas y musicales que, poniendo en valor el proceso creativo y vinculándolo a la experiencia pedagógica posibiliten repensar el papel de los teatros como agentes de transformación social, así como de entender las artes escénicas y musicales como espacio de creación de pensamiento crítico y descubrimiento.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación y Cultura (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Tendrán una dotación máxima estimada de ciento cincuenta mil euros (150.000,00 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Profesionales de las artes escénicas y musicales: las personas físicas y jurídicas que desarrollan su actividad principal en el ámbito de las artes escénicas y que se encuentren dadas de alta en los epígrafes 965.1, 965.2, 965.3 y 965.4 del Impuesto de Actividades Económicas con al menos doce meses de antigüedad,
aunque no sea de forma continuada, en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Costes directos (salariales y de seguridad social del personal y artistas, incluyendo el que presta servicios en la entidad beneficiaria y aquellos otros que pudieran contratarse para tal fin).

Gastos de dietas vinculados con el trabajo de producción y desarrollo del proyecto, un máximo de 40€ /jornada.

Gastos de desplazamiento y alojamiento vinculados con el trabajo de producción y desarrollo.

Gastos derivados de la contratación de medios externos, como alquileres de espacios escénicos y locales de ensayos (máximo 3 meses) y alquileres de equipos y medios materiales.

Caché del equipo artístico y técnico durante el desarrollo del proyecto.

Escenografía, vestuario, música, texto, publicidad y cualquier otro material consumible, así como otros dirigidos a la producción del proyecto.

Los costes indirectos subvencionables para cada proyecto deberán estar incluidos en el presupuesto y no podrán exceder del 50% del coste total del mismo. Se considerará indirectos los gastos generales imputables a varias de las actividades que desarrolla el/la beneficiario/a como los gastos fijos que, sin ser imputables a una actividad concreta, son necesarios para que la actividad subvencionada se lleve a cabo.

Documentos asociados

Boletín: 28/09/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 225
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 28/09/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 225
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento